Sucesión de plantilla y exención de responsabilidad (SSTS 3 y 10/5/16): El TS reitera su alejamiento de la doctrina comunitaria

…implantación de la producción descentralizada y la (incomprensible) ausencia de una regulación específica que atienda a las complejas y numerosas vicisitudes asociadas a este fenómeno han propiciado la intervención intensa (y más o menos afortunada) de los Tribunales tanto a nivel comunitario como interno. No obstante, recientemente – como también he podido exponer en otra entrada – el Tribunal Supremo ha virado notablemente en la línea interpretativa que había mantenido a raíz de la asunción de la doctrina TEMCO en 2004 (aunque, recuérdese, con reservas «manifiestas») . Giro que –…

¿Cuándo debe entenderse que la relación contractual está ‘viva’ en la sucesión de plantillas ‘ex’ art. 44 ET?

…– y apartándome en este estadio del criterio del voto particular), se estará en un supuesto de «sucesión de plantilla» a la luz del art. 44 ET (y de la Directiva, ex TEMCO), en el instante que haya un número esencial de trabajadores (en términos cuantitativos y cualitativos) que cumplan objetivamente con los requisitos previstos en el convenio colectivo (4 meses de tiempo de servicios). Quinto: La asunción de una parte esencial de la plantilla de la contrata saliente implica la aplicación en toda su extensión del art. 44 ET….

Sucesión de plantilla en contrata consistente en activo inmaterial (STS 27 de abril 2015, rec. 348/2014)

…notablemente a la doctrina interna del acervo interpretativo del TJUE. Repárese que conforme a la sentencia TEMCO “Para determinar si se reúnen los requisitos necesarios para la transmisión de una entidad, han de tomarse en consideración todas las circunstancias de hecho características de la operación de que se trata, entre las cuales figuran, en particular, el tipo de empresa o de centro de actividad de que se trate, el que se hayan transmitido o no elementos materiales como los edificios y los bienes muebles, el valor de los elementos inmateriales…

Sucesión de plantillas y reducción de contrata por la comitente (Empresas de Seguridad: STSJ País Vasco 27 de enero 2015, rec. 2562/2014)

…comunitaria (Sentencias TEMCO, entre otras) y la doctrina jurisprudencial interna (ver al respecto esta entrada). Por otra parte, la literalidad del art. 14.A) del Convenio Colectivo establece precisamente la obligatoria asunción del contratista entrante de todos los trabajadores de la saliente (siempre que cumplan ciertos requisitos): «Cuando una empresa cese en la adjudicación de los servicios contratados de un cliente, público o privado, por rescisión, por cualquier causa, del contrato de arrendamiento de servicios, la nueva empresa adjudicataria está, en todo caso, obligada a subrogarse en los contratos de los…

Sucesión de empresas de handling: ¿no es aplicable el art. 44 ET?

…no sea controvertida. Por consiguiente, la aplicación del art. 44 ET en casos de sucesión de contratas en este sector está, en principio, condicionda a que el cesionario asuma una parte esencial de la plantilla del cedente. Aunque, como veremos, el contenido del Convenio Colectivo del sector y la interpretación que sobre el mismo están efectuado los Tribunales sea totalmente contraria a esta afirmación. Llegados a este estadio, conviene apuntar brevemente lo que al respecto ha establecido el TJUE (entre otras, sentencia 24 de enero 2002, caso TEMCO): “en determinados…

Sucesión de contratas y «asunción de plantilla»: un concepto jurisprudencialmente no homogéneo

1. Sucesión de contratas desmaterializadas y asunción de una parte esencial de la plantilla La doctrina del TJUE ha establecido que la sucesión de contratas desmaterializadas puede calificarse como una entidad económica a los efectos de la Directiva si la empresa entrante asume “una parte esencial de la plantilla”. En la STJUE 24 de enero 2002, caso TEMCO (reiterada en múltiples pronunciamientos), se afirma “en determinados sectores en los que la actividad descansa fundamentalmente en la mano de obra, un conjunto de trabajadores que ejerce de forma duradera una actividad…

Selección jurisprudencial sobre la evolución de la sucesión de contratas y el art. 44 ET

    La lectura de las siguientes sentencias en el orden sugerido permite una rápida y sintética aproximación al tratamiento jurisprudencial de la sucesión de contratas y la aplicación del art. 44 ET en nuestro ordenamiento, así como a algunos fenómenos sucesorios afines. 1. STS 5 de abril 1993 (rec. 702/1992) 2. STS 11 de mayo 2001 (rec. 4206/2000) 3. STS 11 de marzo 2003 (rec. 2618/2002). 4. STJCE 24 de enero 2002 (caso Temco) 5. STS 20 octubre 2004 (rec. 4424/2003) 6. STS 27 octubre 2004 (rec. 899/2002) 7….

El contrato «fijo de obra» y cultura de la temporalidad y efectos de la subrogación en contratos temporales (STJUE 24/6/21, C-550/19)

…comunitario (aunque ya se derivaba de la doctrina Temco) es evidente que un convenio colectivo no tiene facultad para modular los efectos legales de un traspaso ex art. 44 ET (especialmente porque este artículo no es una norma dispositiva); salvo que, obviamente, no se produzca propiamente un «traspaso» (en cuyo caso, no se hablaría propiamente de «modulación» de las reglas legales, pues la autonomía colectiva sería plenamente «soberana» para establecer los efectos en caso de una novación subjetiva empresarial). Por consiguiente, en función de lo apuntado, caben dos situaciones: –…

STS 29/12/20: El fin del contrato de obra vinculado a la duración de una contrata (¿y el principio del fin del «trabajador externalizado»?)

…la contratista entrante no tenga que asumir a toda la plantilla de la anterior y, cuando lo hace, pueda hacerse asumiendo condiciones laborales muy beneficiosas). La «resistencia» del Alto Tribunal a aceptar la doctrina Temco, «corregida» a partir del caso Somoza Hermo (y asumida «a regañadientes» por la STS 27 de septiembre 2018, rec. 2747/2016), era un factor que hasta entonces garantizaba la «fluidez» entre los contratistas y, por consiguiente, daba continuidad a la dinámica externalizadora. El sexto elemento sería la equiparación de las condiciones de trabajo entre trabajadores de…

Sucesión de empresa por reversión a Ayuntamiento de aplicación informática de gestión de tributos locales y despido colectivo nulo

…materiales o inmateriales (entre otras, STJUE 24 de enero 2002, C-51/00, Temco). Pues bien, ciñéndonos en los inmateriales, podría plantearse si la transmisión de aplicaciones y archivos informáticos podría ser suficiente para entender que se ha producido un traspaso de una entidad económica ex art. 44 ET (y de la Directiva 2001/23). La STSJ Asturias 21 de marzo 2017 (rec. 6/2017), en el marco de un proceso de reversión del servicio de recaudación de tributos municipales del Ayuntamiento de Oviedo, a mi entender con buen criterio, así lo sostiene. Lo…