La mera continuidad en la contrata (sin traspaso de activos ni subrogación de plantilla) no es suficiente para aplicar el art. 44 ET (STS 20/12/22)

  En una entrada anterior titulada «La subrogación convencional de plantilla puede exigirse a la principal (que no pertenece al sector de limpieza) si internaliza el servicio con personal de nueva contratación«, analicé la STSJ País Vasco 1 de marzo 2022 (rec. 2/2022). El caso se refiere a una reversión parcial de la contrata de limpieza por parte de una empresa que tiene dos clínicas (con personalidad jurídica propia) y la […]

A la luz del art. 44 ET, ¿la contratista entrante debe asumir a un trabajador de la saliente que carece de la habilitación profesional requerida?

  En una sucesión de contrata, ¿puede la entrante rechazar la incorporación de los trabajadores de la saliente que no ostentan la habilitación necesaria para desempeñar la actividad? Esta cuestión ha sido abordada por 3 sentencias dictadas por la sede de Sevilla del TSJ de Andalucía a raíz del cambio de adjudicatario en una Escuela Infantil, que se desarrolla en un edificio municipal, con la asunción de 7 de los […]

Subrogación de empresa (art. 44 ET): ¿qué es una actividad intensiva en mano de obra o desmaterializada (STS 26/10/18)?

  Como he tenido ocasión de exponer en diversas ocasiones, a la hora de aplicar el artículo 44 ET, la primera cuestión a determinar es si, efectivamente, se trata de una actividad materializada (y, cuenta por tanto con un activo tangible y/o intangible) o desmaterializada (y, por ende, sólo es intensiva en mano de obra – de modo que no hay nada relevante que pueda ser objeto de transmisión). La distinción […]

Subrogación de empresa, despido por la cesionaria, indemnización y antigüedad (caso TJUE Unionen)

La STJUE 6 de abril de 2017 (asunto C-336/15), caso Unionen, ha dictaminado que el artículo 3 de la Directiva 2001/23 debe interpretarse en el sentido de que, en caso de despido de un trabajador más de un año después de la transmisión de la empresa, el cesionario ha de incluir en el cálculo de la antigüedad de ese trabajador, pertinente para la determinación del preaviso al que éste tiene derecho, la antigüedad adquirida al servicio del cedente.

Se trata, sin duda, de una sentencia importante, aunque, como expondré, esta doctrina tiene un predicamiento a nivel interno consolidado (aunque con significativas excepciones).

En la medida que la sentencia ha sido objeto de un excelente comentario por parte del Profesor Rojo, para evitar reiteraciones, me permito la licencia de remitirme íntegramente a su entrada para el análisis detallado de la sentencia y de su fundamentación.

El objeto de esta breve entrada es, pues, analizar qué tratamiento tiene esta cuestión a nivel interno y particularmente en la sucesión de contratas.

¿Una reversión del servicio de comedor escolar no puede describir una sucesión de empresa? ¿Ni a la luz del caso Abler?

  En una entrada reciente he abordado el estudio de la reversión de un servicio de comedor escolar (del IES “Universidad Laboral”) a la Junta de Castilla-La Mancha resuelta por la STS 9 de diciembre 2016 (rec. 1674/2015) . La sentencia (en adelante, «Universidad Laboral I») rechaza la existencia de una subrogación de empresa a partir de la reproducción mimética de los argumentos esgrimidos en otro supuesto de reversión de un comedor escolar (caso […]