Sucesión de plantilla por convenio colectivo y art. 44 ET: primeras reacciones internas (TSJ) a la doctrina «Somoza Hermo» (y Ponencia)
…la sujeción a las reglas sobre la sucesión de los convenios colectivos (y el acervo doctrinal existente al respecto – interno y comunitario). Quinto: la subrogación de plantilla prevista en convenios colectivos a través de la fórmula de la «cesión de contrato» tampoco debería quedar exonerada de la aplicación del art. 44 ET. Ni tampoco si se produce por decisión unilateral de la entrante (SSTJUE 20 de enero 2011, C-463/09, CLECE; y 29 de julio 2010,C-151/09, UGT-FSP) o por «dejadez» (STSJ Galicia 5 de mayo 2017, rec. 551/2017 – ver…