Cafetería de terminal de autobuses: la asunción de clientela puede ser suficiente para la subrogación de empresa (STSJ País Vasco 7/1/21)

  El traspaso de una entidad económica que mantenga su identidad precipita la aplicación del art. 44 ET en función de la naturaleza de la actvidad empresarial. Como saben, las condiciones pueden variar en función de si se trata de una actividad «materializada» (con activos tangibles y/o intangibles) o «desmaterializada» (intensiva en mano de obra). En el primer caso, hasta la fecha, han sido pocos los supuestos en los que […]

Pliego de servicio de transporte, autobuses obsoletos no transmisibles y aplicación de la Directiva 2001/23 por subrogación de plantilla (Asunto Grafe y Pohle)

La STJUE 27 de febrero de 2020 (C‑298/18), Grafe y Pohle, entiende que en una actividad materializada (servicio de transporte de pasajeros), aunque no se transmitan los activos tangibles, la continuidad de la actividad sin interrupción y la asunción de plantilla pueden ser suficientes para traspaso en un servicio de autobuses locales.

La transmisión de la clientela puede ser suficiente para aplicar el art. 44 ET (STJUE 8/5/19, Dodic)

  La aplicación del art. 44 ET exige la concurrencia de un elemento subjetivo y otro objetivo. Como se sabe, la interpretación finalista del primero ha otorgado al segundo un papel determinante en el fenómeno subrogatorio. Partiendo de esta premisa, a los efectos de determinar las normas aplicables, como saben, debe distinguirse entre actividades materializadas y desmaterializadas (esto es, intensivas en mano de obra). Y, en las materializadas, a su […]

Reversión de servicios públicos no intensivos en mano de obra con recuperación de bienes para su desarrollo

Análisis de la STS 19 de septiembre 2017 (rec. 2612/2016) sobre la reasunción por el Ministerio de Defensa del servicio de cocina y restauración que había sido externalizado a una empresa. El TS, corrigiendo su doctrina en las SSTS 9 de diciembre 2016 (rec. 1674/2015); y (2) 26 de enero 2017 (rec. 3847/2015 y 2982/2015), caso IES “Universidad Laboral”, entiende que es aplicable el art. 44 ET porque concurre el elemento objetivo.

Reversión de gestión de tributos locales: de nuevo sobre la aplicación o no del art. 44 ET (3 de 4)

Análisis de la STSJ Islas Baleares 3 de febrero 2017 (rec. 4/2017) que resuelve que la reversión del servicio de gestión de tributos locales del Ayuntamiento de Calvià no queda sometida al ámbito del art. 44 ET. El interés de la sentencia radica en que, siguiendo el planteamiento de la STS 19 de marzo de 2002 (rec. 4216/2000), el pronunciamiento se opone al criterio mantenido en un supuesto similar por la STSJ Asturias 21 de marzo 2017 (núm. 8/2017), en el Ayuntamiento de Oviedo.

¿Una reversión del servicio de comedor escolar no puede describir una sucesión de empresa? ¿Ni a la luz del caso Abler?

  En una entrada reciente he abordado el estudio de la reversión de un servicio de comedor escolar (del IES “Universidad Laboral”) a la Junta de Castilla-La Mancha resuelta por la STS 9 de diciembre 2016 (rec. 1674/2015) . La sentencia (en adelante, «Universidad Laboral I») rechaza la existencia de una subrogación de empresa a partir de la reproducción mimética de los argumentos esgrimidos en otro supuesto de reversión de un comedor escolar (caso […]