El párrafo 2º del art. 16.6 ET establece lo siguiente: «Las personas trabajadoras fijas-discontinuas tienen derecho a que su antigüedad se calcule teniendo en cuenta toda la duración de la relación laboral y no el tiempo de servicios efectivamente prestados, con la excepción de aquellas condiciones que exijan otro tratamiento en atención a su naturaleza y siempre que responda a criterios de objetividad, proporcionalidad y transparencia« Como saben, esta […]
Etiqueta: contrato a tiempo parcial
¿Qué diferencia hay entre un contrato fijo-discontinuo y un contrato a tiempo parcial tras la reforma del RDLey 32/2021?
La reformulación del art. 16 ET por el RDLey 32/2021 plantea un problema de encaje con respecto a otras formas contractuales. En la entrada «¿Fijo-discontinuo o indefinido ordinario?» abordé la distinción entre el contrato indefinido y el fijo-discontinuo. En esta ocasión, me centraré en su distinción con el contrato indefinido a tiempo parcial. El hecho de que el art. 12 ET se haya visto muy parcialmente afectado por la […]
RDLey 32/2021 y diferencias entre el contrato temporal por circunstancias de la producción (art. 15 ET) y el fijo-discontinuo (art. 16 ET): taxonomía de una nube de conceptos jurídicos indeterminados
El objeto de esta entrada es tratar de delimitar el ámbito de aplicación del contrato temporal por circunstancias de la producción y el contrato fijo-discontinuo a resultas del RDLey 32/2021.
¿Es posible simultanear dos contratos de trabajo con la misma empresa?
Última actualización: 14/02/22 La cuestión relativa a la simultaneidad de contratos con la misma empresa ha sido admitida por el Tribunal Supremo en, al menos (que tenga constancia), dos ocasiones. – Sucesión de contrata y simultaneidad contractual (aunque no puede decirse que el criterio sea «pacífico» ni que esté consolidado) – Dos contratos temporales a tiempo parcial ambos A su vez, en la doctrina judicial se está planteado […]
Discriminación en el cálculo de la antigüedad para trienios de trabajadores fijos discontinuos (ATJUE 15 de octubre 2019, C‑439/18 y C‑472/18, AEAT)
Análisis del ATJUE 15 de octubre 2019 (C‑439/18 y C‑472/18), AEAT, que dictamina que es contrario a la Directiva 97/81 que, para percibo de trienios de fijos discontinuos, solo se computen a efectos de la antigüedad los períodos efectivamente trabajados.
Contrato de relevo irregular, denegación de la jubilación parcial y responsabilidad del empresario
La STS 4 de abril 2019 (rec. 1014/2017), confirmando el criterio de suplicación, establece que en caso de que el empresario formalice un contrato de relevo irregular y que, por este motivo, la trabajadora relevada no pueda acceder a la pensión de jubilación parcial, el empresario debe reparar el daño causado.
Antigüedad, fijos-discontinuos y posible discriminación indirecta por razón de género: nueva cuestión prejudicial
El TSJ de Galicia ha planteado una cuestión prejudicial a propósito del reconocimiento de derechos a trabajadores fijos discontinuos a través del Auto 19 de diciembre 2018 (rec. 2137/2018). El origen del conflicto se plantea a raíz del cómputo de la antigüedad a efectos del reconocimiento de trienios en la Agencia Tributaria de una trabajadora fija discontinua (regulado en el art. 67.1 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Agencia Estatal Administración Tributaria, AEAT).
¿Cómo calcular la indemnización por despido en contratos a tiempo parcial?
A partir de un caso práctico, se compara el método de cálculo de la indemnización por despido de un contrato a tiempo parcial vertical y horizontal, proponiéndose una fórmula que aspira a superar las diferencias que se derivan del modelo actual (siendo, a priori, exportable a otros ámbitos).
Fijos-discontinuos: llamamiento tardío = despido improcedente (¿una doctrina jurisprudencial pacífica?)
En virtud de la STS 19 de enero 2016 (rec. 1777/2014) se ha establecido que el llamamiento tardío de un trabajador fijo-discontinuo debe ser calificado como un despido improcedente. En esta entrada se critica esta sentencia porque se fundamenta en el carácter constitutivo del despido y, además, se apunta que quizás entra en contradicción con las SSTS 23 y 24 de abril 2012 (rec. 3106/2011 y rec. 3340/2011), que sostienen que la no ocupación preavisada y acompañada de una voluntad no resolutoria del empresario es suficiente para entender que no se ha producido un despido.
Fijos-discontinuos: incumplimiento de compromiso de empleo mínimo y resolución ex art. 50 ET
Análisis de la STSJ Catalunya 3o de octubre 2015 (rec. 3563/2015) que califica el incumplimiento de un acuerdo expreso de dar ocupación mínima a un fijo discontinuo cada campaña como una incumplimiento ex art. 50 ET. Estando de acuerdo con el fallo, en esta entrada también se analizar qué sucedería en los casos en los que el acuerdo sea tácito o se pueda desprenderse de los períodos que de forma más o menos uniforme se ha ocupado en las campañas anteriores.