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Buenas tardes,
No puedo entender el argumento del TS, tomando en consideración la categoría de indefinidos no fijos en Aena cuando el día 18 de septiembre de 2014, meses antes de la sentencia que comentas, declaró de forma tajante, en dos sentencias, que ya no existe dicha categoría en Aena.
Supongo que tienes esas sentencias de 18 de septiembre de 2014. En caso contrario, te las puedo facilitar.
Por otra parte, brillante análisis de la sentencia.
Un saludo.
Pablo Sánchez