El TS fortalece la eficacia del art. 15.5 ET en sucesión de contratos temporales, pero ¿es suficiente para dar cumplimiento al mandato de la Directiva 1999/70? (STS 15/1/20)

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1 comentario en “El TS fortalece la eficacia del art. 15.5 ET en sucesión de contratos temporales, pero ¿es suficiente para dar cumplimiento al mandato de la Directiva 1999/70? (STS 15/1/20)

  1. Profesor, cuando dice, al final de su artículo que «no puede afirmarse que la conversión de la sucesión de contratos temporales en un contrato indefinido sea una medida adecuada que «garantice una sanción adecuada de ese abuso y la eliminación de las consecuencias de la infracción del Derecho de la Unión»…», ¿debemos entender que, en su opinión, la «sola» conversión en indefinido no es medida «suficiente» para sancionar el abuso y debe acompañarse de otras medidas que completen el carácter disuasorio?

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