La cuestión relativa a la calificación del tiempo de trabajo, como apunté en una entrada reciente (a propósito de la STJUE 28 de octubre 2021, C-909/19, Unitatea Administrativ Teritorială), sigue suscitando controversias notables y el TJUE está siendo interpelado con relativa frecuencia al respecto. Uno de los temas recurrentes es la calificación relativa al tiempo de disponibilidad. Y esta cuestión ha vuelto a ser suscitada en la STJUE 11 de […]
Etiqueta: economía de las plataformas
STS 25/9/20: Los repartidores de GLOVO son trabajadores por cuenta ajena (y no necesitan una regulación especial)
La controversia sobre la calificación jurídica de los repartidores de plataformas ha sido finalmente resuelta por la STS, Pleno (y sin votos particulares), 25 de septiembre 2020 (rec. 4746/2019). Son trabajadores por cuenta ajena. Lo que ratifica el criterio que se ha mantenido en suplicación de forma generalizada hasta la fecha: – A favor de la laboralidad (que tenga constancia): SSTSJ Cataluña [Pleno] 21 de febrero 2020 (rec. […]
El trabajo en la economía de las plataformas: un primer criterio (decepcionante) del TJUE (asunto ‘Yodel Delivery Network’)
En el conflicto sobre la calificación jurídica de los trabajadores de la economía de las plataformas se han producido recientemente dos novedades de especial consideración. Por un lado, el TJUE ha dictado el auto 22 de abril 2020 (C‑692/19), Yodel Delivery Network; y Por otro lado, a nivel interno, la SJS/2 4 de mayo 2020 (núm 123/2020), confirmando el criterio de la ITSS (y siguiendo el parecer de la […]
El Pleno del TSJ de Cataluña también califica a los ‘riders’ de Glovo como trabajadores por cuenta ajena
El Pleno del TSJ de Catalunya (sentencia 21 de febrero 2020, rec. 5613/2019) también ha calificado a los ‘riders’ de Glovo como trabajadores por cuenta ajena.
Economía de las plataformas, riesgos y heurísticas
¿Se imaginan un mercado de trabajo predominantemente regido por un modelo de relaciones laborales similar al que ahora mismo proponen ciertas plataformas digitales como, por ejemplo, Glovo o Deliveroo? Como he expuesto en otras ocasiones, si estos modelos se consolidan sobre las bases de su arquitectura actual (trabajo autónomo o TRADEs), es muy probable que todos los sectores de la economía que puedan digitalizarse tenderán a imitarlos (por la […]
Employment status of platform workers: national courts decisions overview (Argentina, Australia, Belgium, Brazil, Canada, Chile, France, Germany, Italy, Nederland, New Zealand, Panama, Spain, Switzerland, United Kingdom, United States & Uruguay)
The main purpose of this post is to compile these judicial decisions and offer a descriptive non exhausthive overview, highliting certain aspects of the considerations
Caso Glovo: ¿los repartidores no son trabajadores por cuenta ajena? (análisis crítico a la SJS/39 Madrid de 3/9/18)
Análisis crítico de la SJS/39 Madrid 3 de septiembre 2018 (núm. 284/2018) que, dando respuesta a diversas reclamaciones de un repartidor de Glovo, ha denegado (a mi entender, de forma controvertida) la laboralidad, confirmando la validez de su relación como TRADE.
El trabajo en la economía de las plataformas: comparecencia en el Congreso de los Diputados
En el marco de la Subcomisión para el estudio de la reforma del Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos (RETA) del Congreso de los Diputados, he sido invitado a comparecer el próximo 27 de junio 2018 para exponer mi punto de vista sobre el trabajo en la economía de las plataformas. La idea central de mi planteamiento es la siguiente: Por un lado, entiendo que se […]
Riders Take Eat Easy: son trabajadores por cuenta ajena (y nota al caso Pimlico Plumbers, UK)
Análisis de la SJS/11 Barcelona 29 de mayo 2018 (núm. 213/2018) que declara el carácter laboral de los Riders de Take Eat Easy y de la sentencia de la Corte Suprema del Reino Unido en el caso Pimlico Plumbers v Smith, que reconoce la condición de «worker» a un fontanero de la citada plataforma.
Riders de Deliveroo: son trabajadores por cuenta ajena
La SJS/6 Valencia 1 de junio 2018 (nº 244/2018) acaba de dictaminar que los mensajeros (Riders) de la plataforma Deliveroo son trabajadores por cuenta ajena. De modo que el fin de la relación que unía a uno de ellos con la misma debe ser calificado como un despido improcedente.
Se trata de un pronunciamiento muy relevante, pues, es la primera resolución judicial a nivel nacional que aborda esta cuestión (y que debe añadirse a las actuaciones de la Inspección de Trabajo en los casos Uber, Deliveroo y Joyners) y que podrá complementarse con la que se derive de los casos planteados recientemente, al menos, en Barcelona.