Sucesión de empresa y ultraactividad de convenio colectivo: ¿qué fue de la contractualización ‘ab origine’?

Análisis de la STS 6 de octubre 2015 que aborda la cuestión relativa al convenio colectivo aplicable en un caso de sucesión de empresa, cuando el convenio colectivo de la cedente se encuentra en ultraactividad.

Aunque la sentencia se alinea con la doctrina jurisprudencial sobre la materia, en esta entrada se objeta la omisión a la doctrina de la contractualización ‘ab origine’ del convenio colectivo.

Ultraactividad y contractualización de Convenio Colectivo: el efecto ‘ab origine’ debería prevalecer aunque sea aplicable un Convenio Colectivo superior

Análisis de la STSJ País Vasco 1 de junio 2015 (rec. 821/2015) que se opone a la doctrina de la contractualización ‘ab origine’ del convenio colectivo.

Siendo consecuentes con la citada doctrina, en la presente entrada se critica el planteamiento defendido por el TSJ País Vasco.

STS 16.9.15: El descuelgue no puede tener efectos retroactivos (y alguna omisión relevante)

El objeto de esta entrada es analizar críticamente el contenido de la STS 16 de septiembre 2015 (rec. 110/2014), que – ratificando la doctrina de la STS 7 de julio 2015 (rec. 206/2014) – impide que los acuerdos de descuelgue puedan tener efectos retroactivos.

Compartiendo el fallo, discrepo de una parte sustancial de la fundamentación esgrimida y estimo que en la misma se ha obviado la cuestión relativa a la contractualización ‘ab origine’ del convenio colectivo.

El tratamiento jurisprudencial de la ultraactividad de los convenios colectivos en España tras la reforma laboral de 2012

A partir de los comentarios efectuados en este blog a las dos sentencias que, hasta la fecha, ha dictado el TS sobre el fin de la vigencia y la ultraactividad de los convenios colectivos he elaborado un ensayo que bajo el título: «El tratamiento jurisprudencial de la ultraactividad de los convenios colectivos en España tras la reforma laboral de 2012» trata de sintetizar la fundamentación empleada por el Alto Tribunal e introduce una valoración crítica al respecto.

Comentario a la segunda Sentencia del TS sobre ultraactividad (STS 17 de marzo 2015, rec. 233/2013: Caso «Air Nostrum»)

Comentario crítico a la STS 17 de marzo 2015 (rec. 233/2013) sobre la vigencia de un convenio colectivo preexistente a la reforma de 2012 denunciado también con anterioridad, en el que expirada la duración de un año ‘ex’ art. 86.3 ET, el Alto Tribunal estima que deben mantenerse las cláusulas normativas hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio, porque el propio convenio contenía una cláusula previendo este efecto.

Cesión ilegal y salario aplicable (y contractualización Convenio Colectivo) – STS 17 de marzo 2015 (rec. 381/2014)

Análisis de la sentencia de 17 de marzo de 2015, relativa al salario aplicable a un trabajador cedido ilegalmente.

Si bien el Alto Tribunal, alineándose con su doctrina anterior, sostiene que debe aplicarse el salario aplicable en el convenio colectivo de la empresa a la que el trabajador ha optado por incorporarse (aunque sea inferior al percibido), en esta entrada se defiende que esta doctrina, quizás, debería ser objeto de corrección a raíz de la doctrina de la contractualización ‘ab origine’ de los convenios colectivos.