Siguiendo el hilo de una entrada reciente sobre la cuestión, breve comentario sobre la compatibilidad de la indemnización por despido improcedente y la indemnización por daños y perjuicios a la luz de la STSJ Cataluña 16 de febrero 2016 (rec. 4133/2015)
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Unidad esencial del vínculo: 69 días no la rompe (STS 26.2.16); y requisitos para la unificación de doctrina (STS 14.4.16)
Análisis de la STS 26 de febrero 2016 (rec. 1423/2014) que estima que en una sucesión de contratos temporales que se ha prolongado durante casi 7 años una interrupción de 69 días no es significativa.
Compatibilidad de la indemnización por despido improcedente y la indemnización de daños y perjuicios
Breve excurso sobre la compatibilidad de la indemnización legal tasada por despido improcedente y la indemnización por daños y perjuicios a partir de la aplicación de la lógica resolutoria ex art. 1124 del CC.
Incapacidad permanente total, plazo de revisión por mejoría y extinción: no procede readmisión
Análisis de la STS 23 de febrero 2016 (rec. 2271/2014) que – acertadamente – resuelve que, declarada una incapacidad permanente con una previsión de un plazo de revisión por mejoría, no procede reconocer al empresario el derecho de opción entre readmisión o indemnización, de modo que la sentencia debe declarar la extinción indemnizada (limitando este derecho de opción del empresario).
Sucesión de contratos temporales y extinción improcedente: (discutible) interrupción significativa de la unidad esencial del vínculo (STSJ Cataluña 18.11.15)
En una entrada reciente he podido analizar el contenido de la importante STS 15 de mayo 2015 (rec. 878/2014), que introduce un matiz relevante en relación a la valoración del concepto “unidad esencial del vínculo laboral”, contextualizándola en el marco de todo el período de prestación.
Pues bien, el objeto de esta entrada es analizar el contenido de la STSJ de Cataluña 18 de noviembre 2015 (rec. 4691/2015) que aborda esta misma cuestión y que, avanzo, no comparto porque hace una interpretación del carácter «significativo» de las interrupciones entre el fin y el inicio de los contratos que, a mi modo de ver, se aleja del espíritu de la citada sentencia del Tribunal Supremo. .
Fijos-discontinuos: llamamiento tardío = despido improcedente (¿una doctrina jurisprudencial pacífica?)
En virtud de la STS 19 de enero 2016 (rec. 1777/2014) se ha establecido que el llamamiento tardío de un trabajador fijo-discontinuo debe ser calificado como un despido improcedente. En esta entrada se critica esta sentencia porque se fundamenta en el carácter constitutivo del despido y, además, se apunta que quizás entra en contradicción con las SSTS 23 y 24 de abril 2012 (rec. 3106/2011 y rec. 3340/2011), que sostienen que la no ocupación preavisada y acompañada de una voluntad no resolutoria del empresario es suficiente para entender que no se ha producido un despido.
STS 18/2/16, indemnización por despido improcedente y DT 5ª Ley 3/12: ¿jurisprudencia unificada?
Análisis de la STS 18 de febrero 2016 (rec. 3257/2014) que, oponiéndose a la STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013), determina cómo deben calcularse las indemnizaciones por despido improcedente de las relaciones preexistentes a la reforma de 2012.
No obstante, en esta entrada se trata de evidenciar que la doctrina sigue sin ser pacífica en el seno del Alto Tribunal.
De nuevo, sobre la indemnización por despido improcedente y la DT 5ª Ley 3/2012
Comentario de la STSJ Cataluña 22 de enero 2016 que a la hora de calcular la indemnización por despido de una relación de trabajo preexistente con anterioridad a la reforma de 2012 se alinea con la controvertida STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013).
Derecho a salarios de tramitación si readmisión no es realizable (art. 110.1.b LRJS)
El objeto de esta entrada es abordar la controversia relativa al posible devengo de los salarios de tramitación en los casos en los que la readmisión no es realizable (art. 110.1.b LRJS). Y, para ello, tomaré como hilo conductor el estudio de la STSJ Galicia 10 de septiembre 2015 (rec. 2150/2015).
De hecho, se trata de una cuestión ampliamente debatida en suplicación y hasta la fecha (salvo error u omisión), no se ha producido una unificación de doctrina (aunque es probable que se produzca en breve).
Cálculo de la indemnización por despido improcedente: la casación está servida
Análisis de tres sentencias que se oponen a la argumentación que subyace en los cálculos que efectúa la STS 29 de septiembre 2014 para calcular la indemnización por despido improcedente.