El pasado 31 de octubre, en el marco del Seminari sobre relacions Col·lectives de la Federació de Municipis de Catalunya tuve oportunidad de exponer una ponencia con el siguiente título: «Sobre la indemnización de los contratos temporales en la administración pública: la revisión del TJUE de la doctrina ‘de Diego Porras'».
Quiero aprovechar esta entrada para agradecer públicamente a los organizadores de este evento y, muy especialmente, a su director, el Prof. Joan Mauri, la oportunidad de participar y poder compartir los resultados del seguimiento que, desde hace más de dos años, llevo a cabo sobre esta controvertida cuestión.
A grandes rasgos, el objeto de mi exposición era tratar de ordenar las múltiples reacciones y controversias que se han suscitado en sede judicial desde las tres sentencias de septiembre de 2016 («de Diego Porras», «Martínez Andrés/Castrejana López»; y «Pérez López») hasta las dos sentencias de junio de 2018 («Montero Mateos» y «Grupo Norte Facility»).
Creo que la doctrina «Montero Mateos» (al margen del célebre ap. 64 – cuya evolución habrá que analizar detenidamente) es positiva en tanto que introduce una «corrección técnica» necesaria. No obstante, también creo que se ha perdido una excelente oportunidad de política legislativa para tratar de reducir la temporalidad.
A fecha de hoy, son muchas las cuestiones que el TJUE tiene pendientes de resolución (que tenga constancia, 10). Y, a nivel interno, también son muchas las discrepancias cuya doctrina convendría unificar o, en el mejor de los casos, clarificar legislativamente (y si me permiten que comparta una opinión personal, la pasividad legislativa sobre esta cuestión cada vez resulta más difícil de comprender).
De modo que, la «saga» (y sus «spin-off») siguen …
Puede accederse a una versión en pdf de la ponencia en este enlace. Y a la presentación (prezi) en este.
Espero que pueda ser de interés.