Reversión del servicio de comedor de escuela pública y no aplicación de la subrogación de empresa ‘ex’ art. 44 ET: objeciones a la STS 9/12/16

…En esencia, la fundamentación de la STS 9 de diciembre 2016 (rec. 1674/2015) para rechazar el recurso se articula a partir de los argumentos esgrimidos por la STS 12 de julio 2016 (rec. 349/2015) – «Caso Liceo» – que reproduce miméticamente. Es importante tener en cuenta que el «Caso Liceo» se refiere a una reversión del servicio del control del comedor escolar por parte del Centro con su propio personal y madres de alumnos voluntarias. Y, más específicamente, debe repararse que la comida diaria se hace en cocina central de…

Reversión de servicios públicos no intensivos en mano de obra con recuperación de bienes para su desarrollo

…Eduardo Rojo). De modo que celebro que se haya producido. La crítica que contiene el VP al criterio mayoritario basada en la necesidad de aplicar la doctrina del caso Liceo a este supuesto no la comparto porque, como ya he apuntado, media una diferencia sustancia entre los requisitos exigibles en sucesiones materializadas (este supuesto y el del IES “Universidad Laboral”) y desmaterializadas (caso Liceo). Criterio que, de forma ajustada también se aplica en la STS 26 de septiembre 2017 (rec. 3533/2015), relativa a la reversión por parte de ADIF del…

Sucesión de empresa: últimas novedades jurisprudenciales internas y comunitarias (2016 a 2018)

…particularmente controvertido. Especialmente porque, a diferencia del caso Liceo, sí que se produce una devolución por parte de la contratista saliente de los elementos objetivos, de modo que no puede entenderse que nos encontremos ante una actividad desmaterializada. De modo que, de nuevo, a la luz de la doctrina Abler, parece que hubiera tenido que determinarse que el art. 44 ET era aplicable a estos casos de reversión. En cambio, en la resolución de diciembre de 2016, el Alto Tribunal recurre a la doctrina del caso Liceo (cuando se trata…

SUBROGACIÓN DE EMPRESA

…2015 (rec. 91/2014); y 19 de mayo 2015 (rec. 358/2014)] (pese a no ser un requisito determinante y, en apariencia, podría estar contraviniendo la doctrina del TJUE en el caso Abler- Sentencia 20 de noviembre 2003, C-340/01 – ver aquí), el Alto Tribunal ha seguido un criterio “oscilante”. Así, en la STS 12 de julio 2016 (rec. 349/2015), caso Liceo, relativa a la recuperación del servicio de restauración de un comedor escolar, el Alto Tribunal sigue un criterio ajustado, pues, la comida se hacía en las instalaciones de la contratista…

¿Una reversión del servicio de comedor escolar no puede describir una sucesión de empresa? ¿Ni a la luz del caso Abler?

  En una entrada reciente he abordado el estudio de la reversión de un servicio de comedor escolar (del IES “Universidad Laboral”) a la Junta de Castilla-La Mancha resuelta por la STS 9 de diciembre 2016 (rec. 1674/2015) . La sentencia (en adelante, «Universidad Laboral I») rechaza la existencia de una subrogación de empresa a partir de la reproducción mimética de los argumentos esgrimidos en otro supuesto de reversión de un comedor escolar (caso «Liceo”) resuelto por la STS 12 de julio 2016 (rec. 349/2015). Entonces, criticaba el recurso a…