DA 26ª de la Ley de Presupuestos de 2017 y procesos de reversión: incertidumbres preocupantes

Análisis crítico de la DA 26ª de la reciente Ley 3/2017, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, que prevé una disposición relativa a las «Limitaciones a la incorporación de personal laboral al sector público», impidiendo la aplicación íntegra del artículo 8 del EBEP (y, por ende, la calificación de indefinidos no fijos) a los trabajadores afectados en procesos de reversión e integración pública.

Transmisión de unidad productiva e imposibilidad de división del contrato de trabajo entre cedente y cesionaria (4 de 4)

Análisis de la STSJ CyL\Valladolid 21 noviembre 2016 (rec. 1961/2016) que, en un caso de transmisión de una unidad productiva autónoma en la que, con posterioridad, no existen parámetros que hagan divisible el contrato y sus prestaciones declara (con ajustado criterio) la cotitularidad (solidaria) de dicho contrato entre los empresarios sucesores.

¿Una reversión de un servicio público es una reorganización administrativa excluida de la Directiva 2001/23? (2 de 4)

A partir del análisis de la STSJ Andalucía\Sevilla 2 de febrero 2017 (rec. 765/2016), que debe resolver la liquidación de la sociedad de gestión del agua municipal, se reflexiona sobre la posibilidad de que una reversión de un servicio pueda ser calificada como una reorganización administrativa excluida de la Directiva 2001/23 (como sotiene, de forma controvertida a mi entender, la sentencia).

Reversión de servicio de limpieza por Ayuntamiento, asunción (por «dejadez») de plantilla y aplicación art. 44 ET (1 de 4)

Análisis de la STSJ Galicia 5 de mayo 2017 (rec. 551/2017) que, en un supuesto de rescate de una contrata de limpieza por parte de un Ayuntamiento, determina la aplicación del art. 44 ET porque el consistorio ha permitido (por «dejadez») que la plantilla de la saliente siga prestando servicios durante 10 días, entendiendo (ajustadamente, a mi entender) que se ha producido una «sucesión de plantilla» (esta entrada pretende ser el primero de una serie de análisis en los que trataré de abordar el estudio de 4 «casos de frontera» resueltos recientemente por los Tribunales).

Sucesión de plantilla ‘esencial’ y consiguiente afectación a todos los trabajadores de la contratista saliente

Análisis de la STSJ la Rioja 19 de enero 2017 (rec. 264/2016) que determina que, en un supuesto de sucesión de contratas desmaterializadas, si se asume una parte esencial de la plantilla de la saliente, «el deber de mantenimiento y conservación del vínculo laboral que impone la ley estatutaria afecta a todos los trabajadores que formasen parte de la unidad económica transmitida, siendo irrelevante que llevasen o no 12 meses vinculados a la ejecución de la contrata, pues este requisito no lo impone la norma legal sino que, en su caso, vendría establecido por la convencional».