Embarazo no alegado en la demanda de despido nulo ni en la conciliación y posibilidad de plantearlo mediante escrito presentado antes de la celebración del acto de juicio (STS 10/9/24)

La STS 10 de septiembre 2024 (rec. 1636/2021) ha establecido que en el caso de que se haya presentado una demanda en la que se solicita la nulidad del despido sin indicar la causa, ni ponerse de manifiesto en conciliación que la actora había dado a luz, puede admitirse
posteriormente un escrito previo al acto del juicio que fundamenta dicha causa de la nulidad.

Empleadas del hogar, desistimiento y embarazo/maternidad: despido nulo (STS 11/2/22)

  El desistimiento de empleadas domésticas embarazadas (sin el conocimiento del empresario) o tras su reincorporación después del permiso ha suscitado una cierta controversia en la doctrina judicial. Discusión que ha sido finalmente unificada por la STS 11 de enero 2022 (rec. 2099/2019). La cuestión es que, hasta entonces, las sentencias que habían abordado esta cuestión no coincidían en relación a si cabe declarar la nulidad objetiva o no. Así – entendiendo […]

Promoción legal de la igualdad de género e identificación de la discriminación directa e indirecta (Ponencia)

  En el marco del XVI Seminario del Foro Español de Laboralistas (FORELAB), celebrado el pasado 27 de junio en el ICAB, tuve oportunidad de impartir la ponencia con el siguiente título: «Promoción legal de la igualdad de género e identificación de la discriminación directa e indirecta». Quiero aprovechar la oportunidad para agradecer públicamente a los organizadores y, en particular, al compañero Alberto Ruiz Bueno la invitación y la cálida acogida. Fue un […]

Desistimiento durante el período de prueba de trabajadora embarazada con contrato temporal irregular (y ¿la pérdida del empleo es un riesgo para el embarazo que debe prevenirse?)

Análisis de la STSJ Galicia 26 de julio 2018 (rec. 1301/2018) que, confirmando el criterio de la instancia, ha entendido que el desistimiento durante el período de prueba de una trabajadora embarazada que ha formalizado un contrato temporal ilícito debe ser calificado como ajustado a derecho. También se reflexiona sobre la calificación de ciertas extinciones contractuales de un riesgo que debe ser prevenido de acuerdo con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Embarazadas y despido colectivo: la respuesta del TSJ de Cataluña al caso Porras Guisado

La STJUE 22 de febrero de 2018 (C-103/16), Porras Guisado, resuelve la cuestión prejudicial formulada por el TSJ de Cataluña a propósito de la selección de una trabajadora embarazada en el marco del despido colectivo de Bankia.

La STSJ Cataluña 26 de abril 2018 (rec. 3002/2015) acaba de resolver el caso sometido a la cuestión prejudicial referida, confirmando la procedencia del despido de la trabajadora embarazada, pero destacando la inadecuación de ciertos aspectos del marco interno normativo e interpretativo (en esencia, en lo que respecta a la prohibición de despido de las mujeres embarazadas y a la comunicación de los criterios objetivos de selección en los despidos colectivos).

Extinción durante tratamiento de fecundación in vitro y despido nulo (STS 4/4/2017)

La STS 4 de abril 2017 (rec. 3466/2015) ha declarado la nulidad del despido de una trabajadora que estaba sometida a un tratamiento de fecundación in vitro, cuando aún no han sido implantados los óvulos fecundados en su útero.

La sentencia, sin asociar este tratamiento al concepto de «embarazo» (de acuerdo con la doctrina del TJUE Sabine Mayr) entiende que la decisión de la empresa es discriminatoria porque ante un claro panorama indiciario, la empresa no ha sido capaz de justificar la procedencia de su decisión extintiva (al reconocer la improcedencia del despido objetivo).

Empleadas del hogar, desistimiento y embarazo/maternidad: discrepancias interpretativas sobre la nulidad

Sendas sentencias del TSJ de Madrid y del de Extremadura han abordado la cuestión relativa al desistimiento de dos empleadas del hogar estando, en la primera, embarazada (con el – posible – conocimiento de su empleador) y, en la segunda, tras su reincorporación después de la maternidad. La particularidad del caso es que ambas sentencias no coinciden en relación a si cabe declarar la nulidad objetiva o no; y, en relación a los efectos, si bien ambas coinciden en entender que no cabe la readmisión, discrepan en la fórmula de cálculo de la indemnización por la no readmisión.

Adelantando las conclusiones, como reza el título de esta entrada (y alineándome con la doctrina de esta sentencia del TSJ de Madrid), creo que la facultad de desistimiento no debería atribuir una menor protección a la maternidad de las empleadas del hogar, debiéndose reconocer la nulidad objetiva, sin readmisión y con el abono de la indemnización por despido improcedente (sin perjuicio de una eventual compensación por daños y perjuicios).