Sobre el régimen transitorio del fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa (DT 6ª RDLey 32/2021)

  La «disección» del impacto del RDLey 32/2021 sigue su curso. En este caso, me gustaría compartir algunas reflexiones sobre el fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa y, específicamente, sobre el régimen transitorio (DT 6ª RDLey 32/2021). Especialmente porque creo que plantea algunas dudas interpretativas y me gustaría compartir con ustedes mi valoración (siempre susceptible de corrección y/o adaptación a la luz de […]

Nueva reforma laboral 2021 (RDLey 32/2021): valoraciones críticas sobre su impacto en la negociación colectiva (prioridad aplicativa y ultraactividad)

  Última actualización 08/04/24   El objeto de esta entrada es continuar con el análisis del RDLey 32/2021 y, en esta ocasión, abordaré su impacto sobre la negociación colectiva (pueden acceder al resto de comentarios en esta etiqueta). El propósito de la reforma, de acuerdo con la EM, es incidir sobre la arquitectura de la negociación colectiva, en aras a responder «a las necesidades actuales» y corregir «importantes distorsiones desde […]

Nueva reforma laboral 2021 (RDLey 32/2021): Impacto en contratas y subcontratas y el «trabajo externalizado» (primeras valoraciones sobre los nuevos arts. 42.6, 84.2, 15 y 16 ET)

by #mysisolove   Última actualización: 05/11/2023     El texto oficial del Acuerdo para la reforma laboral se ha materializado en el RDLey 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. No pretendo sintetizar en esta entrada todas las novedades de esta importante y anunciada reforma. De modo que permítanme que me […]

Excepciones a la nulidad de convenio colectivo de empresa por violación del principio de correspondencia

Análisis de la importante STS 27 de septiembre 2017 (rec. 121/2016) que admite la validez de un convenio colectivo estatal de la empresa Randstad Project Services, SLU aprobado por la mayoría de los votos de los sindicatos (UGT y USO), pese a la existencia de centros de trabajo sin representación unitaria ni secciones sindicales y, por consiguiente, entendiendo que no se ha vulnerado el principio de correspondencia.

¿Violación del principio de correspondencia de convenio colectivo de empresa multiservicios si comparte centro de trabajo de la principal?

Análisis de si podría entenderse que el “lugar de trabajo” (esto es, el lugar de ejecución) de los trabajadores de una contratista en el centro de trabajo de la principal, podría ser calificado como “centro de trabajo” a los efectos de determinar si se ha vulnerado el principio de correspondencia del convenio colectivo de empresa que se aplica en la empresa contratista.

Prioridad aplicativa de convenio de empresa multiservicios no incide en cláusula subrogatoria de convenio sectorial

¿Un convenio colectivo de empresa multiservicios puede incidir, dejando sin efecto, lo resuelto en un convenio de ámbito sectorial, en relación a la obligación de subrogación de los trabajadores adscritos a una contrata?

A esta interesante cuestión ha dado respuesta, de forma adecuada a mi entender, la STJS Cataluña 20 de enero 2017 (rec. 6643/2016).

La prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET sólo se reconoce al convenio de empresa: ratificación (y complemento) de doctrina jurisprudencial

La prioridad aplicativa de los convenios de ámbito inferior al de la empresa ha sido limitada (y de forma ajustada a mi entender) en virtud de la importante STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015). En esta entrada se analiza el contenido de la STS 9 de mayo 2017 (rec. 115/2016) que ha ratificado y complementado esta doctrina.

La vulneración del principio de correspondencia no siempre provoca la nulidad del convenio colectivo (STS 23/2/17)

La STS 23 de febrero 2017 (rec. 146/2016), de forma controvertida, acaba de introducir un «matiz hermenéutico» que podría implicar un giro interpretativo en la doctrina que viene declarando la nulidad de los convenios colectivos por vulneración del principio de correspondencia. En concreto, entiende que, en aras al favor negotii, la cláusula que extiende el ámbito de aplicación más allá de la representatividad de los negociadores es un «añadido» que no provoca la nulidad de todo el convenio