Despido objetivo por ineptitud sobrevenida: los ajustes razonables son exigibles si el trabajador es «no apto», pero su incumplimiento no provoca la nulidad del despido (SSTS [2] 22/12/25)

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Despido disciplinario procedente por conducta realizada fuera del lugar de trabajo: pérdida de habilitación de vigilante de seguridad (STS 2/11/22)

  La posibilidad de despedir disciplinariamente a un trabajador por una conducta realizada fuera del lugar de trabajo es controvertida. La STS 2 de noviembre 2022 (rec. 2513/2021), relativa a un vigilante de seguridad que ha sido condenado por un delito doloso cometido cuando no estaba desempeñando sus funciones (y que, debido a ello, pierde su habilitación), entiende que describe una causa disciplinaria procedente (y no una causa de despido […]

Despido objetivo injustificado por ineptitud sobrevenida: no discriminación si se adoptan medidas de readaptación

La STS 22 de febrero 2018 (rec. 160/2016), a propósito del despido objetivo por ineptitud de una trabajadora que padece una enfermedad psíquica ha declarado que no concurre un motivo discriminatorio, especialmente, porque la empresa ha adoptado con carácter las medidas tendentes a la readaptación de la concreta situación de la actora a otros puestos de trabajo que pudieran minimizar las consecuencias de la afectación. Fundamentación que, a mi entender, es controvertida.

No renovación de permiso de trabajo y extinción del contrato

La STS 16 de noviembre 2016 (rec. 1341/2015) resuelve los efectos que la pérdida del permiso de residencia y trabajo de una trabajadora provoca en la continuidad de la relación contractual. El debate se centra en determinar las consecuencias de la extinción contractual ocasionada por la circunstancia de que el trabajador pierda – por falta de renovación- la necesaria autorización para trabajar.

El TS, siguiendo – a mi entender – una argumentación controvertida, sostiene que la extinción es improcedente porque debería haberse canalizado a través del art. 52.a ET. En este sentido, avanzando las conclusiones, estimo que la no renovación no debería acarrear ningún tipo de responsabilidad para la empresa que de forma diligente da por terminado el contrato de trabajo.