Cafetería de terminal de autobuses: la asunción de clientela puede ser suficiente para la subrogación de empresa (STSJ País Vasco 7/1/21)

  El traspaso de una entidad económica que mantenga su identidad precipita la aplicación del art. 44 ET en función de la naturaleza de la actvidad empresarial. Como saben, las condiciones pueden variar en función de si se trata de una actividad «materializada» (con activos tangibles y/o intangibles) o «desmaterializada» (intensiva en mano de obra). En el primer caso, hasta la fecha, han sido pocos los supuestos en los que […]

Reversión en el sector público y doctrina ‘Correia Moreira’: no cabe declarar fijeza porque los principios constitucionales están por encima de la Directiva 2001/23 (STSJ Navarra 1/10/20)

  La Directiva 2001/23 sobre traspaso de empresas es plenamente aplicable en el sector público (entre otras, SSTJUE 26 de noviembre de 2015, C-509/14, ADIF o Aira Pascual; 14 de octubre 2017, C-200/16, Securitas; 29 de julio 2010, C-151/09, UGT-FSP). Sin embargo, la necesidad de “garantizar la continuidad de las relaciones laborales existente en el marco de una entidad económica, con independencia de un cambio de propietario” (STJUE 20 de […]

Requisitos formales en sucesión de contratas con subrogación de plantilla convencional y con reversión temporal por ente local (STS 30/09/20)

  En la subrogación de plantilla prevista en convenio colectivo de actividades desmaterializadas, la asunción de la doctrina Somoza Hermo a nivel interno por la jurisprudencia, como les expuse en una entrada reciente («Subrogación de plantilla convencional y efectos del incumplimiento de requisitos formales (STS 18/2/20)«), exigirá que se ponga el foco de atención en dos factores determinantes: – el cumplimiento de los requisitos formales convencionalmente previstos (y las consecuencias […]

Pliego de servicio de transporte, autobuses obsoletos no transmisibles y aplicación de la Directiva 2001/23 por subrogación de plantilla (Asunto Grafe y Pohle)

La STJUE 27 de febrero de 2020 (C‑298/18), Grafe y Pohle, entiende que en una actividad materializada (servicio de transporte de pasajeros), aunque no se transmitan los activos tangibles, la continuidad de la actividad sin interrupción y la asunción de plantilla pueden ser suficientes para traspaso en un servicio de autobuses locales.