Ultraactividad y contractualización «espigueada»

En esta entrada se analiza la STS 23 de septiembre 2015 (rec. 209/2014) que sostiene la posibilidad de una contractualización – si se me permite – «espigueada» (contractualizándose todo lo que no esté previsto en el convenio colectivo de ámbito superior aplicable) y se trata de poner de manifiesto las dificultades de encaje con la reciente doctrina jurisprudencial que sostiene que la contractualización sólo opera en el caso de que no haya un convenio colectivo de ámbito superior aplicable.

Sucesión de plantilla ‘esencial’ y consiguiente afectación a todos los trabajadores de la contratista saliente

Análisis de la STSJ la Rioja 19 de enero 2017 (rec. 264/2016) que determina que, en un supuesto de sucesión de contratas desmaterializadas, si se asume una parte esencial de la plantilla de la saliente, «el deber de mantenimiento y conservación del vínculo laboral que impone la ley estatutaria afecta a todos los trabajadores que formasen parte de la unidad económica transmitida, siendo irrelevante que llevasen o no 12 meses vinculados a la ejecución de la contrata, pues este requisito no lo impone la norma legal sino que, en su caso, vendría establecido por la convencional».

TS: Indemnización de 20 días a cobertura reglamentaria de indefinido no fijo (sin aplicar Diego Porras)

  El Blog Social de JpDemocracia acaba de publicar un breve resumen de la STS 28 de marzo 2017 (rec. 1664/2015), en la que se reconoce (en Pleno y sin votos particulares) una indemnización de 20 días a un caso de cobertura reglamentaria de plaza de un trabajador indefinido no fijo (corrigiendo la doctrina que hasta la fecha había mantenido – aplicando la indemnización del art. 49.1.c ET, ver al respecto en […]

Subrogación de empresa, despido por la cesionaria, indemnización y antigüedad (caso TJUE Unionen)

La STJUE 6 de abril de 2017 (asunto C-336/15), caso Unionen, ha dictaminado que el artículo 3 de la Directiva 2001/23 debe interpretarse en el sentido de que, en caso de despido de un trabajador más de un año después de la transmisión de la empresa, el cesionario ha de incluir en el cálculo de la antigüedad de ese trabajador, pertinente para la determinación del preaviso al que éste tiene derecho, la antigüedad adquirida al servicio del cedente.

Se trata, sin duda, de una sentencia importante, aunque, como expondré, esta doctrina tiene un predicamiento a nivel interno consolidado (aunque con significativas excepciones).

En la medida que la sentencia ha sido objeto de un excelente comentario por parte del Profesor Rojo, para evitar reiteraciones, me permito la licencia de remitirme íntegramente a su entrada para el análisis detallado de la sentencia y de su fundamentación.

El objeto de esta breve entrada es, pues, analizar qué tratamiento tiene esta cuestión a nivel interno y particularmente en la sucesión de contratas.

Impacto en la función pública y en la jurisdicción contenciosa administrativa de las sentencias del TJUE de 14 de septiembre de 2016 sobre contratación temporal (Ponencia)

  Invitado por el compañero Marc Vilar Cuesta – @MarcVilarCuesta -, presidente de la Sección de Derecho Administrativo del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, he tenido el placer y la excelente oportunidad de compartir mesa como ponente con la Magistrada de Sala Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, la Sra. Maria Luisa Pérez Borrat, para hablar sobre el «Impacto en la función pública y en la jurisdicción contenciosa administrativa de las […]