Extinción de interinos por vacante: dos nuevos episodios (SSTS 9 y 30/3)

Análisis de las SSTS 9 y 30 de marzo 2015 que, resolviendo una amortización simple producida en enero de 2012 a un grupo de trabajadores interinos por vacante del mismo Ayuntamiento, en la primera aplica la doctrina de la STS 24 de junio 2014 (y declara el despido nulo) y en la segunda, por cuestiones procesales, la de la STS 22 de julio 2013 (y sólo reconoce el derecho a la indemnización ex DT 13ª ET).

¿La condición de trabajador «fijo» justifica una desigualdad de trato en su beneficio? (Caso AENA: STS 31 de marzo 2015, rec. 102/2014)

Análisis crítico de la STS 31 de marzo 2015 (rec. 102/2014) que entiende, en contra del criterio de la AN, que la condición de trabajador «fijo» (en contraposición a «indefinido no fijo» o «temporal») es suficiente para justificar un trato diferenciado garantizando su permanencia en el concreto ámbito de la imposición de una medida de movilidad geográfica.

A mi modo de ver, a diferencia del TS, entiendo que no se acredita una motivación objetiva y razonable que justifique el peor trato de los trabajadores «no fijos» frente a los «fijos» en este concreto ámbito.

Sucesión de plantilla en contrata consistente en activo inmaterial (STS 27 de abril 2015, rec. 348/2014)

Análisis de la STS 27 de abril 2015 (rec. 348/2014) que resuelve, aplicando el art. 44 ET, un caso de sucesión de contratas consistente en actividades de alto valor inmaterial y en el que la empresa entrante ha asumido ex convenio colectivo a una parte relevante de la plantilla de la saliente, sin tener en cuenta el resto de elementos concurrentes.

Al no tratarse propiamente de una actividad ‘desmaterializada’ es discutible que el TS sólo haya tenido en cuenta la sucesión de plantilla para entender que el art. 44 ET es aplicable.

Sucesión de plantillas y reducción de contrata por la comitente (Empresas de Seguridad: STSJ País Vasco 27 de enero 2015, rec. 2562/2014)

Análisis crítico de la STSJ País Vasco 27 de enero 2015 (rec. 2562/2014) que descarta la aplicación del art. 44 ET en un supuesto de sucesión de plantilla ‘ex’ convenio colectivo en el que la empresa comitente decide cambiar de contratista y, a su vez, reducir las condiciones (número de horas) de la contrata.

Interpretación que estimo que es contraria al art. 44 ET y la Directiva 2001/23 y a su interpretación por parte de el TJUE y el TS.