⚠️Nota:
El propósito de este blog es compartir contenido de forma totalmente GRATUITA.
La proliferación de empresas que utilizan la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) con ánimo de lucro y que se apropian del contenido de terceros sin ningún respeto por los derechos de autor, me ha llevado a restringir el contenido del blog únicamente a las personas SUSCRITAS.
🔓 La suscripción es totalmente GRATUITA y tramitarla solo lleva unos segundos a través, indistintamente, del apartado «SUSCRIPCIÓN» que aparece en la barra de MENÚ; o bien, en la barra lateral, a través del «ACCESO PARA SUSCRIBIRSE AL BLOG».
Una vez facilitado el nombre de usuario y el correo electrónico, deberán verificar la contraseña a través de un enlace que recibirán en el correo electrónico registrado.
Lamento los inconvenientes que este trámite pueda causar.

El que el tiempo de respuesta no sea tan breve, no implica que 30 minutos den para hacer muchas cosas más que estar en el propio domicilio, dado que el personal solo en equiparse y partir para el centro de trabajo puede tardar entre 5 y 10 minutos y que desde el domicilio al punto de trabajo puede haber 20-30 minutos o más, con lo cual la limitación es prácticamente igual. Según el tribunal que emite este fallo, considera que un trabajador fuera de su horario presencial, no puede ir a un concierto o a un cine fuera del entorno rural, en el que además da por supuesto que reside, no sabemos muy bien porqué, añadiendo además que los desplazamientos en este entorno son más rápidos, obviando que aunque el tráfico suele ser menor que en una ciudad, las carreteras también son peores, hecho que compensa un aspecto con otro. Por ello entendemos la decisión como arbitrario y en gran medida fruto del desconocimiento que los juristas tienen sobre el desarrollo de la actividad, que no solo no consideran esta disponibilidad como tiempo de trabajo sino que obvian que en el sector tampoco se fija un plus de disponibilidad para compensar estos requerimientos.