El objeto de esta entrada es – simplemente – enumerar los pronunciamientos judiciales recientes en los que el art. 44 ET ha sido aplicado, o bien, se ha discutido su aplicabilidad (incluyendo un breve resumen).
[la información ha sido extraída a partir del Servicio de Alertas de Westlaw-Aranzadi y el Buscador de Jurisprudencia del CGPJ/CENDOJ].
Tribunal Supremo
▪️Reversión al Ayuntamiento de SANTURCE (Vizcaya) del servicio de inmovilización, traslado y depósito de vehículos. Sucesión empresarial. Falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 17 de mayo 2016 (rec. 2701/2014).
▪️Sucesión de plantillas. Alcance del deber de subrogación. La contrata como arrendamiento de obra o servicio no es una empresa, o un centro de trabajo, lo que comporta que ese contrato no sea constitutivo de una transmisión empresarial, salvo que conlleve el traspaso de una organización de medios materiales y humanos o sólo humanos, cual ocurre en los supuestos de «sucesión de plantillas», al contratar la nueva contratista a la mayor parte del personal de la anterior. En estos casos el deber de subrogación empresarial opera por centros de actividad. En el supuesto examinado, la subrogación resulta del propio convenio aplicable (art. 63 Convenio Marco Estatal de Servicios de Atención a Personas Dependientes y Desarrollo de la Promoción de la Autonomía Personal). Reitera doctrina SSTS/IV de 9-julio-2014 (rcud. 1201/2013) y 10-julio-2014 (rcud. 1051/2013). TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 7 de junio 2016 (rec. 2911/2014).
▪️SUCESIÓN DE EMPRESA. Banco de Sabadell. Transmisión a una tercera empresa del departamento de recobros e impagados. Se trata de una unidad productiva autónoma, de carácter estable y que genera por si sola una actividad económica muy relevante, estando configurada como un conjunto de medios organizados que dispone de infraestructura material y personal específicamente asignada. No es la mera y simple venta de bienes y elementos productivos aislados. La empresa adquirente no es una sociedad ficticia, ni ha sido creada específicamente para esta operación, habiendo abonado una importante suma de dinero por hacerse con la titularidad de esa parte del negocio. Se ha informado a los representantes legales de los trabajadores y obtenido la preceptiva autorización del Ministerio de Economía. Se aplica lo dispuesto en el art. 44 ET y los trabajadores pertenecientes a esa unidad productiva pasan a integrarse en la plantilla de la nueva empresa. Se desestima el recurso de casación y se confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que avala la legalidad de la transmisión. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 8 de junio 2016 (rec. 224/2015)
▪️Despido. Contrato para obra o servicio determinado sujeto a la duración de la correspondiente contrata con el organismo competente de la Comunidad Autónoma. Reversión del servicio a ésta hasta su posterior readjudicación a otra empresa, que utiliza su propio personal: no se produce sucesión empresarial. Reitera doctrina. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 16 de junio 2016 (rec. 2390/2014).
▪️Cese por finalización de contrato de obra o servicio determinado que se califica como despido improcedente por existencia de subrogación empresarial. Se discute sobre si tal declaración de improcedencia puede llevar aparejado pronunciamiento sobre la calificación del contrato temporal como indefinido. Falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 22 de junio 2016 (rec. 3551/2014)
▪️Subrogación en una adjudicación de servicios de información por parte de un Ayuntamiento. Se discute si puede formularse acción de despido frente a la empresa entrante, en un supuesto en el que el trabajador sigue prestando servicios para la saliente, con la que no se ha extinguido la relación laboral. Inexistencia de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 28 de junio 2016 (rec. 384/2015).
▪️Subrogación. Falta de contradicción. Porque la subrogación se regula por el convenio colectivo que la establece y en este caso tienen redacciones distintas por ser de diferentes Comunidades Autónomas. Porque como la nueva contratista asumió parte de la plantilla de la anterior por imperativo del convenio, no estimarse que contenga doctrina contrapuesta a la de contraste que en otro sector determinó que había «sucesión de plantillas» en la voluntaria contratación del personal de la anterior, pues esta sentencia no examina si existe convenio aplicable y su alcance y la otra aplica el convenio de limpieza de Navarra. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 28 de junio 2016 (rec. 322/2015)
▪️Subrogación de trabajadores en empresas de seguridad por cese de actividad (servicios de transporte de fondos) en la zona geográfica de prestación de servicios en virtud del art. 14 del Convenio Colectivo Estatal de empresas de seguridad. Falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 30 de junio 2016 (rec. 2465/2014).
▪️Sucesión de empresas en un mismo centro de trabajo: responsabilidad de empleadora o de sucesora en la prestación del servicio. Falta de contradicción. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 5 de julio 2016 (rec. 3234/2014)
▪️Inexistencia de sucesión de empresa a los efectos del artículo 44 ET. Asunción del servicio de ayuda de comedor en un Instituto de enseñanza por la propia entidad, sin que haya habido transmisión de medios ni de la plantilla de las dos personas que trabajaban allí y cuya actividad se asume por empleados del Centro y personas voluntarias. La empresa saliente es la única responsable de los despidos. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 12 de julio 2016 (rec. 349/2015).
▪️Sucesión de contratas en sector limpieza. Reducción del encargo. Alcance de la obligación de subrogación. Falta de contradicción: convenios distintos los que regulan la obligación de subrogación con redacciones diferentes; diferentes obligaciones dimanantes del pliego de condiciones. TS (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia de 21 de julio 2016 (rec. 102/2015).
Tribunales Superiores de Justicia
▪️SUCESIÓN DE EMPRESAS: servicio de mantenimiento de cabinas telefónicas: la actividad desplegada por la empresa saliente continúa desarrollándose por la entrante: la asunción de una parte tan sustancial de la plantilla de la anterior, permite considerar que estamos ante una unidad productiva autónoma: despido improcedente. TSJ de Cantabria, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 436/2016 de 4 mayo de 2016 (rec. 335/2016).
▪️GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: la negativa de la nueva adjudicataria a subrogarse en las obligaciones derivadas del contrato del trabajador constituye despido improcedente. TSJ de Asturias, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1307/2016 de 7 junio de 2016 (rec. 1083/2016).
▪️SUCESIÓN EMPRESARIAL: inexistencia: contrata del servicio de gimnasio, musculación, balneario: reversión al ente público de la instalación-local, sin servicio alguno. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 680/2016 de 12 abril de 2016 (rec. 567/2016).
▪️SUCESION DE EMPRESA: tratándose de la adquisición autorizada por Auto del Juzgado de lo Mercantil de determinados activos de la empresa en concurso con indicación de los trabajadores a subrogar en los términos pactados con los representantes de los trabajadores no se vulnera la prioridad de permanencia ni la garantía de indemnidad por no subrogar a delegado de personal por no constar que desarrolle puesto funcionalmente equivalente y no haber impugnado dicho Auto, habiendo participado en las negociaciones tendentes a determinar el personal subrogable. TSJ de País Vasco, (Sala de lo Social) Sentencia num. 767/2016 de 19 abril de 2016 (rec. 531/2016).
▪️LIMPIEZA DE EDIFICIOS Y LOCALES: contratistas del servicio en centros sanitarios de la Seguridad Social: la equiparación salarial por Convenio Colectivo con el personal del SERGAS afecta tanto a incrementos como a disminuciones, resultando aplicable el RDLey 20/2012. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 2448/2016 de 29 abril de 2016 (rec. 3492/2015).
▪️INEXISTENCIA DE SUCESIÓN EMPRESARIAL: contrato de cesión de uso de local, para continuar con la actividad de peluquería, sin acreditarse trasferencia de los medios materiales ni asunción de la plantilla de la empresa anterior. TSJ de Galicia, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 2778/2016 de 9 mayo de 2016 (rec. 499/2016).
▪️SUCESION DE EMPRESA: inexistencia de sucesión de contratas: despido improcedente: servicios de mantenimiento de cabinas telefónicas. TSJ de Madrid, (Sala de lo Social, Sección 6ª) Sentencia num. 209/2016 de 21 marzo de 2016 (rec. 87/2016).
▪️GARANTIAS POR CAMBIO DE EMPRESARIO: sucesión de empresas: responsabilidad solidaria: improcedencia: inexistencia de subrogación empresarial: sucesión de activos autorizada judicialmente con exclusión de responsabilidad para la adquirente respecto a las deudas laborales de la transmitente. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 3082/2016 de 17 mayo de 2016 (rec. 490/2016).
▪️SUCESIÓN DE EMPRESAS: no cabe apreciarla en este supuesto en que ni la normativa convencional obligaba a la subrogación de la nueva adjudicataria en los anteriores contratos, ni ha resultado acreditada la sucesión de plantilla. TSJ de Cataluña, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 2498/2016 de 22 abril de 2016 (rec. 571/2016).
▪️SUCESION DE EMPRESAS: existencia: transmisión y entrega del local con la infraestructura mínima que permita el desarrollo de la misma actividad empresarial: despido improcedente. TSJ de Islas Baleares, (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 144/2016 de 5 abril de 2016 (rec. 104/2015).
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