La STS 8 de febrero 2023 (rec. 48/2022) se refiere a un arrendamiento de industria a cuya finalización el arrendador recupera el negocio. En opinión del TS, opera una sucesión de empresa, a pesar de que el arrendatario haya devuelto las instalaciones con importantes defectos que deberán ser subsanados y que impiden su inmediata explotación (lo que conlleva la extensión de la responsabilidad al cesionario de los efectos del despido colectivo anterior a la cesión).
El objeto de esta entrada es analizar el contenido de esta interesante resolución y aportar una valoración crítica porque, estimo, hay elementos para entender que no se dan los requisitos que definen un traspaso