Las guardias localizadas «pueden» computar como «tiempo de trabajo» (caso Matzak)

Análisis de la STJUE 21 de febrero 2018 (C-518/15), Matzak, que determina que el tiempo de guardia que un trabajador belga (bombero voluntario) pasa en su domicilio con la obligación de responder a las convocatorias de su empresario en un plazo de ocho minutos debe considerarse «tiempo de trabajo» (especialmente, porque restringe considerablemente la posibilidad de realizar otras actividades personales y sociales).

Asunto Maio y acumulación de descanso semanal: el art. 37.1 ET se ajusta a la Directiva 2003/88

Análisis de la STJUE 9 de noviembre 2017 (C-306/16), caso Maio, que ,confirmando la validez del art. 37.1 ET, establece que el artículo 5, párrafo primero, de la Directiva 2003/88 debe interpretarse en el sentido de que no exige que el período mínimo de descanso semanal ininterrumpido de 24 horas al que tiene derecho todo trabajador sea concedido a más tardar el día siguiente a un período de seis días de trabajo consecutivos, pero sí que impone que sea concedido dentro de cada período de siete días.

Vacaciones y comisiones e incentivos variables: caso “Telefónica” (STS 8/6/16)

Análisis crítico de la STS 8 de junio 2016 (rec. 207/2015), caso «Telefónica» (y que cuenta con dos votos particulares), que al igual que la sentencia del mismo día (rec. 112/2015), caso «Contact Center», ha resuelto la controversia relativa a si las comisiones e incentivos variables deben integrarse o no en la remuneración de las vacaciones.

En esta entrada se defiende que el criterio mantenido en la instancia (y defendido en un voto particular) se ajusta mejor a la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, la Directiva 2003/88 y la interpretación del TJUE de la misma

Vacaciones y comisiones e incentivos variables: caso «Contact Center» (STS 8/6/16)

Análisis crítico de la STS 8 de junio 2016 (rec. 112/2015), que resuelve un recurso de casación ordinario formulado a la SAN 11 de diciembre 2014 (rec. 268/2014), y que gravita sobre el derecho de los trabajadores del sector del Contact Center a que se recoja dentro de la retribución de sus vacaciones todos aquellos complementos que han venido recibiendo habitualmente derivados del desempeño del puesto de trabajo y, en especial, aquellas comisiones por ventas y otros incentivos a la producción.