Contrato de obra y servicio vinculado a una contrata: ¿el TJUE abre la puerta a su calificación como indefinido? (casos C‑29/18, C‑30/18 y C‑44/18, Cobra Servicios Auxiliares)

La STJUE 11 de abril 2019 (C‑29/18, C‑30/18 y C‑44/18), Cobra Servicios Auxiliares, en el marco de la controversia sobre la doctrina de Diego Porras (1), acaba de dar respuesta a las 3 cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de Galicia, a propósito de las diferencias indemnizatorias en caso de fin de contrata entre un contrato de obra y servicio vinculado a una contrata y un contrato indefinido.

El TJUE, siguiendo el criterio de su doctrina más reciente ha entendido que existe una razón objetiva que justifica el trato diferenciado en el importe indemnizatorio entre temporales e indefinidos en estas situaciones.

No obstante, la particularidad del caso es que el TJUE, en el apartado 52 de la sentencia, no cierra la puerta a que pueda someterse la extinción al régimen jurídico del art. 52 ET, lo que de facto implicaría que dejaría de ser un contrato temporal.

Finalmente, los interinos no tienen derecho a indemnización: el viaje de ida y vuelta del caso «de Diego Porras» (STS 13/3/19)

Tras un largo recorrido judicial, la STS 13 de marzo 2019 (núm. 207/2019), en el marco de la controversia suscitada en el caso «de Diego Porras (1 y 2)», acaba de dictaminar que los trabajadores interinos por sustitución no tienen derecho a indemnización alguna al finalizar su contrato por cumplimiento del término. Esta doctrina, en definitiva, confirma (en opinión del Alto Tribunal) la adecuación del Derecho interno al contenido de la Directiva 1999/70 (cláusulas 4 y 5).

El objeto de esta entrada es exponer el contenido de esta sentencia dictada en Pleno (y con un VP) a través de la anatomía del «viaje» (de ida y vuelta) que esta doctrina ha experimentado desde el caso «de Diego Porras (1)» al caso «de Diego Porras (2)».

Caso «de Diego Porras 2»: los interinos podrían tener derecho a 12 días (y cuestionamiento de las medidas contra el abuso en la temporalidad)

Análisis de la STSJ 21 de noviembre 2018 (C-619/17), de Diego Porras, que ratificando que existe una razón objetiva que justifica un trato diferenciado en la indemnización por extinción entre trabajadores temporales e indefinidos extiende la indemnización de 12 días a los trabajadores interinos en virtud de la cláusula 5ª del Acuerdo Marco.

Guía práctica (2) para el seguimiento de la doctrina del TJUE sobre contratos temporales: de «Montero Mateos» a «de Diego Porras 2»

El objeto de esta entrada es facilitar el seguimiento de los diversos pronunciamientos judiciales sobre la doctrina del TJUE en el caso «Montero Mateos» y, en particular de su apartado 64, y del caso «de Diego Porras 2» (que, según la planificación publicada en el calendario del TJUE, está previsto que se publique el próximo 21 de noviembre). Por consiguiente, recoge el contenido de las sentencias a partir de junio de 2018.

Duración inusualmente larga de interino por vacante o de indefinido no fijo y cobertura reglamentaria de la plaza: ¿8 o 20 días o no cabe indemnización?

  La STSJ Andalucía\Sevilla 25 de octubre 2018 (rec. 3737/2017), en el marco de la extinción de un interino por vacante, ha calificado a los indefinidos no fijos como contratos sometidos a condición (como había mantenido la jurisprudencia hasta la importante STS 24 junio de 2014, rec. 217/2013). En concreto, en una demanda de despido (declarado inexistente) y siguiendo las doctrinas «Montero Mateos» y «Huétor Vega», reconoce una indemnización de 8 días ex […]

Funcionarios interinos y personal estatutario eventual: medidas contra la temporalidad abusiva (SSTS\C-A 26/9/18, casos Martínez Andrés/Castrejana López)

Las SSTS\C-A (2) 26 de septiembre 2018 (rec. 1305/2017; y rec. 785/2017, casos Martínez Andrés y Castrejana López) han establecido un conjunto de criterios para tratar de combatir las situaciones de temporalidad abusiva de funcionarios interinos y del personal estatutario eventual.

Los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria: reacciones colaterales al caso Montero Mateos

Análisis de la STSJ Andalucía\Sevilla 20 de septiembre 2018 (núm. 2569/2018) que declara (acertadamente a mi entender) que los trabajadores indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria prevista en el VI Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Junta de Andalucía (que sí lo reconoce a los trabajadores fijos).