Análisis de la importante STS 27 de septiembre 2017 (rec. 121/2016) que admite la validez de un convenio colectivo estatal de la empresa Randstad Project Services, SLU aprobado por la mayoría de los votos de los sindicatos (UGT y USO), pese a la existencia de centros de trabajo sin representación unitaria ni secciones sindicales y, por consiguiente, entendiendo que no se ha vulnerado el principio de correspondencia.
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¿Violación del principio de correspondencia de convenio colectivo de empresa multiservicios si comparte centro de trabajo de la principal?
Análisis de si podría entenderse que el “lugar de trabajo” (esto es, el lugar de ejecución) de los trabajadores de una contratista en el centro de trabajo de la principal, podría ser calificado como “centro de trabajo” a los efectos de determinar si se ha vulnerado el principio de correspondencia del convenio colectivo de empresa que se aplica en la empresa contratista.
La prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET sólo se reconoce al convenio de empresa: ratificación (y complemento) de doctrina jurisprudencial
La prioridad aplicativa de los convenios de ámbito inferior al de la empresa ha sido limitada (y de forma ajustada a mi entender) en virtud de la importante STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015). En esta entrada se analiza el contenido de la STS 9 de mayo 2017 (rec. 115/2016) que ha ratificado y complementado esta doctrina.
La vulneración del principio de correspondencia no siempre provoca la nulidad del convenio colectivo (STS 23/2/17)
La STS 23 de febrero 2017 (rec. 146/2016), de forma controvertida, acaba de introducir un «matiz hermenéutico» que podría implicar un giro interpretativo en la doctrina que viene declarando la nulidad de los convenios colectivos por vulneración del principio de correspondencia. En concreto, entiende que, en aras al favor negotii, la cláusula que extiende el ámbito de aplicación más allá de la representatividad de los negociadores es un «añadido» que no provoca la nulidad de todo el convenio
Convenio colectivo de empresa y nulidad por ruptura del principio de correspondencia
Análisis de la doctrina jurisprudencial en virtud de la cual se está declarando la nulidad de convenios colectivos de empresa por ruptura del denominado principio de correspondencia.
Convenio de ámbito inferior a la empresa no tiene prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET (STS 22/9/16)
Análisis de la STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015) que, resolviendo una demanda de conflicto colectivo por impugnación de convenio, ha establecido que un convenio colectivo de ámbito inferior a la empresa no tiene reconocida la prioridad aplicativa que prevé el art. 84.2 ET.