Art. 44 ET y preexistencia de la entidad económica (doctrina «Amatori») – SAN 27/2/15

Análisis de la SAN 27 de febrero 2015 (rec. 303/2014) en el que se cuestiona la aplicación del art. 44 ET porque, en el marco de la doctrina «Amatori» del TJUE, se discute si la entidad económica preexistía a la transmisión.

Pese a que la AN entiende que efectivamente preexistía, alineándome con parte de la argumentación del voto particular de la sentencia, defiendo que hay elementos para entender lo contrario.

Sucesión de empresa y ultraactividad de convenio colectivo: ¿qué fue de la contractualización ‘ab origine’?

Análisis de la STS 6 de octubre 2015 que aborda la cuestión relativa al convenio colectivo aplicable en un caso de sucesión de empresa, cuando el convenio colectivo de la cedente se encuentra en ultraactividad.

Aunque la sentencia se alinea con la doctrina jurisprudencial sobre la materia, en esta entrada se objeta la omisión a la doctrina de la contractualización ‘ab origine’ del convenio colectivo.

Art. 44 ET, reversión del servicio (y, en especial, de los Servicios Públicos) y sucesión de contratas

La aplicación del artículo 44 ET en el caso de sucesión de contratas está condicionada a que el nuevo adquiriente asuma una parte relevante (quantitativa y qualitativa) del anterior.

El objeto de esta entrada es abordar el fenómeno de la sucesión de plantillas en los supuestos de reversión del servicio por parte de la empresa principal (contratante), prestando especial atención a los supuestos en los que está implicada una Administración y, particularmente, los Ayuntamientos.