Primeras valoraciones sobre la importante STS 22 de diciembre 2014 (rec. 264/2014) relativa a la ultraactividad de convenios colectivos.
Si bien, me alineo con el criterio ‘conservacionista’ que defiende el criterio mayoritario del fallo, no comparto la construcción argumental para llegar a él y me adhiero a las valoraciones expresadas en el Voto Particular expuesto por el Magistrado Sempere Navarro. Creo que su exposición, no sólo es más sólida, sino que, además, plantea muchos menos efectos ‘colaterales’.