Despido objetivo por faltas de asistencias y el caso Ruiz Conejero: el TSJ de CLM ratifica la existencia de discriminación indirecta

La SJS/1 Cuenca 7 de marzo 2018 (núm. 861/15), siguiendo el criterio de la STJUE 18 de enero 2018 (C-270/16), Ruiz Conejero, en una extensa y sólida fundamentación, estimó que el art. 52.d ET contiene una discriminación indirecta en relación al cómputo de las ausencias provocadas por procesos de incapacidad temporal que deriven o estén vinculados a las enfermedades causantes del reconocimiento de una discapacidad.

La STSJ CLM 10 de abril 2019 (rec. 664/2018) acaba de confirmar el criterio de la instancia.

Contrato de obra y servicio vinculado a una contrata: ¿el TJUE abre la puerta a su calificación como indefinido? (casos C‑29/18, C‑30/18 y C‑44/18, Cobra Servicios Auxiliares)

La STJUE 11 de abril 2019 (C‑29/18, C‑30/18 y C‑44/18), Cobra Servicios Auxiliares, en el marco de la controversia sobre la doctrina de Diego Porras (1), acaba de dar respuesta a las 3 cuestiones prejudiciales planteadas por el TSJ de Galicia, a propósito de las diferencias indemnizatorias en caso de fin de contrata entre un contrato de obra y servicio vinculado a una contrata y un contrato indefinido.

El TJUE, siguiendo el criterio de su doctrina más reciente ha entendido que existe una razón objetiva que justifica el trato diferenciado en el importe indemnizatorio entre temporales e indefinidos en estas situaciones.

No obstante, la particularidad del caso es que el TJUE, en el apartado 52 de la sentencia, no cierra la puerta a que pueda someterse la extinción al régimen jurídico del art. 52 ET, lo que de facto implicaría que dejaría de ser un contrato temporal.

Automatización y obsolescencia humana

El proceso de automatización en el que estamos inmersos no tiene parangón. A diferencia de otros procesos de transformación acaecidos en el pasado, la singularidad de este momento es que los ordenadores están asumiendo una dimensión que hace un tiempo se pensaba que estaba reservada a los seres humanos: el trabajo intelectual. Y, ciertamente, lo están asumiendo de forma exponencial.

El objeto de esta entrada es abordar el impacto que este proceso está teniendo en nuestras habilidades como seres humanos, pues, hay elementos para pensar que (si no somos especialmente cautos) podemos acabar experimentando, si me lo permiten, una «obsolescencia humana» o «atrofia cognitiva».

Y, ciertamente, parece que de nosotros depende que no suceda.

Estatuto de mutua de accidentes de trabajo y conflicto: ¿cuál es la jurisdicción competente?

¿Qué orden jurisdiccional es competente para conocer sobre los conflictos relacionados con la constitución de la entidad, sus estatutos, el régimen interno y la designación de sus órganos de gobierno de las Mutuas de Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales? A mi entender, debe entenderse que la jurisdicción competente es la civil. No obstante, si el conflicto provoca algún tipo de daño (naciendo derechos de crédito) y se reclama la consiguiente responsabilidad, la competencia es de la jurisdicción contencioso-administrativa.

El objeto de esta entrada es abordar esta cuestión, sin que, ciertamente (al menos que tenga constancia), sea un aspecto que haya sido abordado explícitamente por los órganos jurisdiccionales.

Finalmente, los interinos no tienen derecho a indemnización: el viaje de ida y vuelta del caso «de Diego Porras» (STS 13/3/19)

Tras un largo recorrido judicial, la STS 13 de marzo 2019 (núm. 207/2019), en el marco de la controversia suscitada en el caso «de Diego Porras (1 y 2)», acaba de dictaminar que los trabajadores interinos por sustitución no tienen derecho a indemnización alguna al finalizar su contrato por cumplimiento del término. Esta doctrina, en definitiva, confirma (en opinión del Alto Tribunal) la adecuación del Derecho interno al contenido de la Directiva 1999/70 (cláusulas 4 y 5).

El objeto de esta entrada es exponer el contenido de esta sentencia dictada en Pleno (y con un VP) a través de la anatomía del «viaje» (de ida y vuelta) que esta doctrina ha experimentado desde el caso «de Diego Porras (1)» al caso «de Diego Porras (2)».

Autocontrol, tentaciones y economía de la manipulación

  En entradas anteriores les he hablado de nuestros sistemas cognitivos: «Sistema 1» y «Sistema 2»: – El primero se refiere a la parte más intuitiva, emotiva, rápida, impulsiva e irreflexiva de nuestro ser. – En cambio el «sistema 2» se refiere a nuestro pensamiento deliberativo, razonado y calculador. Este segundo tiene la particularidad de que es lento y perezoso. Como saben, una de las particularidades del «Sistema 1» es […]

¿Puede consumirse moderadamente alcohol o cannabis durante una guardia localizable? (SAN 22/2/19 y STS 10/3/21)

En el caso de que se establezca en una empresa una guardia localizable ¿qué deberes contractuales permanecen para los trabajadores? ¿Se les puede exigir que no consuman moderadamente alcohol o cannabis durante este tiempo? ¿Si son llamados, puede la empresa sancionarlos si lo han hecho y se niegan a conducir un vehículo de la empresa por este motivo?

La SAN 22 de febrero 2019 (rec. 12/2019), de forma ajustada a mi entender, ha dado respuesta a estas cuestiones, en el marco de un conflicto colectivo suscitado en Renfe, a propósito de la pretensión de la empresa de que los trabajadores adscritos (voluntariamente o no) a un servicio de guardia localizable (en concreto, el servicio de Asistencia Técnica e Intervención en Línea), regido por un Acuerdo de empresa, tengan que poner a disposición de la empresa su permiso de conducir, estén obligados de forma rotatoria a conducir los vehículos de la empresa y también a manifestar las razones personales si se niegan a hacerlo.

Negativa empresarial al uso sindical de correo corporativo y vulneración de la libertad sindical (STS 21/2/19)

La STS 21 de febrero 2019 (rec. 214/2017), confirmando la estimación parcial de la demanda en la instancia, declara que la empresa Airbus ha vulnerado el derecho a la libertad sindical y a la igualdad de trato, reconociendo el derecho del sindicato accionante AIRE a disponer de una cuenta de correo asignada a su sección sindical así como de una partición en el disco web de la empresa como tienen los demás sindicatos y el acceso a las listas de distribución de todos los empleados en España.