Nueva reforma laboral 2021 (RDLey 32/2021 y Ley 20/2021): Primeras valoraciones críticas sobre el impacto en la contratación temporal

 

 


Nota 13/01/22

 

Con el objeto de facilitar el acceso a todas las novedades del RDLey 32/2021, el contenido de esta entrada se ha integrado (junto con el de la monográfica sobre los contratos formativos y la del fijo-discontinuo) en esta página:

«Régimen normativo del Contrato Fijo-Discontinuo y de la Contratación Temporal (anterior y posterior al RDLey 32/2021)«

 

 

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Ruego disculpen las molestias

 


 

 

3 comentarios en “Nueva reforma laboral 2021 (RDLey 32/2021 y Ley 20/2021): Primeras valoraciones críticas sobre el impacto en la contratación temporal

  1. Querría plantear una cuestión relativa a la contratación por parte de la administración pública local de determinado personal para cubrir ciertos servicios total o parcialmente subvencionados por otra administración, para plazo determinado (5, 6 ó 12 meses), a qué tipo de contratación se podría acudir?

    1. A mi también me interesa que tipo de contratación es la que hay que utilizar para los programas subvencionados, de formación y empleo, y fomento del empleo que se realizan dentro de las distintas políticas activas de empleo

  2. Esta nueva ley afecta de alguna manera a las personas que estén contratadas por medio de una subcontrata. Es decir, una administración publica contrata por medio de otra empresa a su personal durante más de 5 años.
    Gracias.

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