Hace algunas semanas, a propósito del personal indefinido no fijo, les hablé de la «dualidad» de esta figura, lo que ha permitido al Tribunal Supremo a afirmar que, pese a naturaleza temporal, también pueden ser fijos-discontinuos (en este sentido, entre otras, STS 9 de febrero 2022, rec. 4892/2018). Si lo recuerdan, exponía que esta ambivalencia tiene cierto paralelismo (salvando las distancias) con algunos principios de la física cuántica. En […]
Etiqueta: prioridad aplicativa
Sobre el régimen transitorio del fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa (DT 6ª RDLey 32/2021)
La «disección» del impacto del RDLey 32/2021 sigue su curso. En este caso, me gustaría compartir algunas reflexiones sobre el fin de la prioridad aplicativa en materia salarial del convenio colectivo de empresa y, específicamente, sobre el régimen transitorio (DT 6ª RDLey 32/2021). Especialmente porque creo que plantea algunas dudas interpretativas y me gustaría compartir con ustedes mi valoración (siempre susceptible de corrección y/o adaptación a la luz de […]
Nueva reforma laboral 2021 (RDLey 32/2021): valoraciones críticas sobre su impacto en la negociación colectiva (prioridad aplicativa y ultraactividad)
Última actualización 08/04/24 El objeto de esta entrada es continuar con el análisis del RDLey 32/2021 y, en esta ocasión, abordaré su impacto sobre la negociación colectiva (pueden acceder al resto de comentarios en esta etiqueta). El propósito de la reforma, de acuerdo con la EM, es incidir sobre la arquitectura de la negociación colectiva, en aras a responder «a las necesidades actuales» y corregir «importantes distorsiones desde […]
Ley de Contratos del Sector Público, precios, costes laborales y subrogación de empresa: ¿prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa o del sectorial?
Esta entrada tiene por objeto analizar si, en el marco de la LCSP, la prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa ex art. 84.2 ET ha quedado «neutralizada» (o no) y, en tal caso, en qué medida.
Excepciones a la nulidad de convenio colectivo de empresa por violación del principio de correspondencia
Análisis de la importante STS 27 de septiembre 2017 (rec. 121/2016) que admite la validez de un convenio colectivo estatal de la empresa Randstad Project Services, SLU aprobado por la mayoría de los votos de los sindicatos (UGT y USO), pese a la existencia de centros de trabajo sin representación unitaria ni secciones sindicales y, por consiguiente, entendiendo que no se ha vulnerado el principio de correspondencia.
Prioridad aplicativa de convenio de empresa multiservicios no incide en cláusula subrogatoria de convenio sectorial
¿Un convenio colectivo de empresa multiservicios puede incidir, dejando sin efecto, lo resuelto en un convenio de ámbito sectorial, en relación a la obligación de subrogación de los trabajadores adscritos a una contrata?
A esta interesante cuestión ha dado respuesta, de forma adecuada a mi entender, la STJS Cataluña 20 de enero 2017 (rec. 6643/2016).
La prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET sólo se reconoce al convenio de empresa: ratificación (y complemento) de doctrina jurisprudencial
La prioridad aplicativa de los convenios de ámbito inferior al de la empresa ha sido limitada (y de forma ajustada a mi entender) en virtud de la importante STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015). En esta entrada se analiza el contenido de la STS 9 de mayo 2017 (rec. 115/2016) que ha ratificado y complementado esta doctrina.
Convenio colectivo de empresa y nulidad por ruptura del principio de correspondencia
Análisis de la doctrina jurisprudencial en virtud de la cual se está declarando la nulidad de convenios colectivos de empresa por ruptura del denominado principio de correspondencia.
Convenio de ámbito inferior a la empresa no tiene prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET (STS 22/9/16)
Análisis de la STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015) que, resolviendo una demanda de conflicto colectivo por impugnación de convenio, ha establecido que un convenio colectivo de ámbito inferior a la empresa no tiene reconocida la prioridad aplicativa que prevé el art. 84.2 ET.