Esta entrada tiene por objeto analizar si, en el marco de la LCSP, la prioridad aplicativa del convenio colectivo de empresa ex art. 84.2 ET ha quedado «neutralizada» (o no) y, en tal caso, en qué medida.
Etiqueta: Pliego de condiciones
A la luz del art. 44 ET, ¿la contratista entrante debe asumir a un trabajador de la saliente que carece de la habilitación profesional requerida?
En una sucesión de contrata, ¿puede la entrante rechazar la incorporación de los trabajadores de la saliente que no ostentan la habilitación necesaria para desempeñar la actividad? Esta cuestión ha sido abordada por 3 sentencias dictadas por la sede de Sevilla del TSJ de Andalucía a raíz del cambio de adjudicatario en una Escuela Infantil, que se desarrolla en un edificio municipal, con la asunción de 7 de los […]
Los pliegos de condiciones no pueden imponer la subrogación: cambio de doctrina social
Breve comentario de la STS 12 de diciembre 2017 (rec. 668/2016) que, contrariamente a la doctrina consolidada de la jurisdicción social, establece que el art. 120 TRLCSP no puede imponer la subrogación de empresa, sino que simplemente establece una obligación informativa.
Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y subrogación de empresa
Análisis del impacto de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en el fenómeno de la subrogación. En concreto, se lleva a cabo un comentario sobre la incidencia de los arts. 130, 308 y 98 y su relación con el art. 44 ET y la Directiva 2001/23.
Reducción de contrata impuesta por pliego y despido objetivo procedente de la contratista entrante
¿Una reducción de contrata impuesta por pliego de condiciones justifica un despido objetivo de la contratista entrante tras una subrogación convencional? A esta cuestión ha dado respuesta afirmativamente la STS 10 de enero 2017 (rec. 1077/2015).
En definitiva, lo que se plantea es si las causas objetivas deben ser sobrevenidas, esto es posteriores a adjudicación de la contrata o podían existir ya, antes o en el momento de la adjudicación.
El Alto Tribunal, de forma controvertida a mi modo de ver, estima que no es exigible que deban ser siempre sobrevenidas (especialmente, porque la contratista saliente si hubiera continuado, sí hubiera podido acudir a esta causa resolutoria).
Pliego de condiciones y subrogación de plantilla
Análisis de la discrepancia interpretativa existente entre la jurisdicción social y la administrativa sobre la facultad subrogatoria de los pliegos de condiciones a la luz del art. 120 TRLCSP, en aquellos casos en los que no es aplicable el art. 44 ET, ni el art. 75.4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, ni tampoco lo exige el convenio colectivo.
En la entrada se defiende que la literalidad del vigente art. 120 TRLCSP permite sostener la capacidad subrogatoria de los pliegos.
Responsabilidad solidaria por obligaciones preexistentes a sucesión de contrata
¿En una sucesión de contratas, la empresa entrante puede ser declarada responsable solidaria por las el despido improcedente producido en la saliente con anterioridad a la transmisión? A esta pregunta responde afirmativamente (y con acierto, a mi entender) la STS 30 de noviembre 2016 (rec. 825/2015).