Cálculo de la indemnización por despido improcedente: últimos criterios jurisprudenciales

El Tribunal Supremo recientemente ha tenido oportunidad de resolver algunos conflictos que afectaban a la interpretación sobre el cálculo de la indemnización por despido improcedente. Concretamente sobre: el parámetro salarial para el cálculo de la indemnización; sobre la antigüedad en la sucesión de contratos temporales; y sobre el método de cálculo ex DT 5ª Ley 12/2012.

En esencia, al Alto Tribunal ha ratificado el contenido de las doctrinas que había mantenido en anteriores pronunciamientos. El objeto de esta entrada es abordarlas de forma breve.

Despido improcedente, indemnización y DT 5ª Ley 3/12: controversia viva (STS 16/9/16)

Análisis de la STS 16 de septiembre 2016 (rec. 38/2015) que a la hora de calcular las indemnizaciones por despido improcedente de contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 3/2012 sigue la misma fundamentación que la STS 18 de febrero 2016 (rec. 3257/2014) y que, como se sabe, se opone al criterio que se induce de la STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013).

No obstante, no puede afirmarse categóricamente que la controversia haya sido pacificada.

STS 18/2/16, indemnización por despido improcedente y DT 5ª Ley 3/12: ¿jurisprudencia unificada?

Análisis de la STS 18 de febrero 2016 (rec. 3257/2014) que, oponiéndose a la STS 29 de septiembre 2014 (rec. 3065/2013), determina cómo deben calcularse las indemnizaciones por despido improcedente de las relaciones preexistentes a la reforma de 2012.

No obstante, en esta entrada se trata de evidenciar que la doctrina sigue sin ser pacífica en el seno del Alto Tribunal.