Análisis de la STJUE 11 de noviembre 2015 (C-219/14), que sugiere que el TJUE estaría estableciendo de forma indirecta que en el cálculo de las vacaciones de los contratos a tiempo parcial no puede seguirse el “principio de equiparación” con respecto a los trabajadores a tiempo completo, debiéndose seguir el de «proporcionalidad».
