El TS fortalece la eficacia del art. 15.5 ET en sucesión de contratos temporales, pero ¿es suficiente para dar cumplimiento al mandato de la Directiva 1999/70? (STS 15/1/20)

Por ello, les propongo analizar el contenido de la STS 15 de enero 2020 (rec. 2845/2017). En este caso el Alto Tribunal resuelve que la relación laboral especial de artistas, que permite ampliamente la contratación temporal, no queda excluida de la aplicabilidad del artículo 15.5 ET en un supuesto de sucesivos contratos temporales suscritos entre las partes al amparo del RD 1435/1985.

El interés de la sentencia excede, a mi modo de ver, este ámbito profesional específico. Entre otro motivos (que trataré de exponer en la parte crítica), especialmente porque el próximo 19 de marzo está prevista la publicación de la importante sentencia del TJUE en el caso Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez (aunque ya veremos si el TJUE también queda afectado por la situación sanitaria).

A propósito del apartado 64 ‘Montero Mateos’: ¿’inusualmente’ es equivalente a ‘injustificadamente’?

La STS 5 de diciembre 2019 (rec. 1986/2018) ha desestimado que una trabajadora interina por vacante que ha permanecido en esta situación durante 6 años (2011 a 2017) pueda ser calificada como indefinida no fija (confirmando el criterio de la instancia). Para alcanzar esta conclusión (de forma muy controvertida) ha reinterpretado la literalidad del apartado 64 del caso Montero Mateos, sustituyendo el concepto «inusualmente largo» por «injustificadamente largo».

La cláusula 4ª de la Directiva 1999/70 e indemnización de funcionarios interinos por fin de relación (asunto Baldonedo Martín)

La STJUE 22 de enero 2020 (C-177/18), Baldonedo Martín, ha dictaminado que no se vulnera la Directiva 1999/70 si funcionarios interinos no reciben indemnización al finalizar relación e indefinidos y temporales laborales si. Se trata de un pronunciamiento «continuista» con el acervo jurisprudencial comunitario.

La jurisprudencia social sobre personal indefinido no fijo laboral (Ponencia)

  En el marco de la «Jornada sobre personal Indefinido no fijo«, celebrada en la Universidad de Murcia, el 7 de noviembre, tuve la oportunidad de impartir una ponencia sobre el siguiente tema: «La jurisprudencia social sobre personal indefinido no fijo laboral» Quiero aprovechar la ocasión para agradecer la invitación y la cálida acogida al Ilustre Colegio de Graduados Sociales de Murcia y a la Escuela de Práctica Jurídica de […]

Medidas para evitar el abuso en el empleo temporal laboral del sector público: ¿se ajustan a la Cláusula 5ª de la Directiva 1999/70?

  El pasado 22 de octubre participé en el Seminario de Relaciones Colectivas de la Federació de Municipis de Catalunya (FMC) para impartir una ponencia con el siguiente título: «La transformación ‘automática’ del personal laboral temporal/interino en personal fijo como consecuencia de una utilización abusiva de las relaciones de trabajo por tiempo determinado en el sector público: una perspectiva desde el ordenamiento jurídico laboral«. Quiero aprovechar la ocasión para agradecer […]

Empleo abusivo de personal estatutario y funcionario interinos: conclusiones de los AG del TJUE en los casos «Sánchez Ruiz/Fernández Álvarez» y «Baldonedo Martín»

El objeto de esta entrada es el siguiente:

– Por un lado, pretendo sintetizar las conclusiones de la AG del TJUE (Sra. Kikott), publicadas el 17 de octubre, en relación a las medidas para combatir el abuso en los nombramientos sucesivos de personal estatutario interino (Sánchez Ruiz, Fernández Álvarez y otros, C-103/18 y C-429/18); y

– Por otro lado, también se aborda el análisis de las conclusiones del AG (Sr. Szpunar), fechadas el mismo día, en relación a la indemnización en caso de cese de una funcionaria interina (Baldonedo Martín, C-177/18). 

Indemnización de 12 días (y no de 20) a extinción de contrato de relevo por jubilación total del relevado (STS 7/5/19)

La saga sobre la indemnización de los contratos temporales sigue su curso y, periódicamente, va estrenando nuevos capítulos. El último (que tenga constancia) se refiere a la indemnización que debe abonarse en caso de extinción de un contrato de relevo (a tiempo parcial) por jubilación total del relevado.

La STS 7 de mayo 2019 (rec. 3081/2017) ha dictaminado que debe abonarse la indemnización prevista en el art. 49.1.c) ET (y no una de 20 días).

En aplicación de Montero Mateos, el plazo del art. 70.1 EBEP es intrascendente para calificar una relación como inusualmente larga (STS 24/4/19)

Análisis de la STS 24 de abril 2019 (rec. 1001/2017) que califica como indefinida (no fija) a una trabajadora interina por vacante (directora de un centro de servicios sociales de la Xunta) que lleva más de 20 años en esta situación. Y para ello, entiende que el plazo de 3 años previsto en el art. 70.1 EBEP es intrascendente.