Análisis de la STS 5 de octubre 2021 (rec. 4815/2018) que determina que un convenio colectivo de empresa está facultado para establecer una jornada superior (1.808 horas anuales) a la prevista en el convenio colectivo sectorial anterior en el tiempo (1.776 horas anuales) que, al tiempo de la firma del convenio colectivo de empresa, se encuentra en situación de ultra actividad por aplicación de las normas sobre vigencia establecidas en el propio convenio.
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Convenio de ámbito inferior a la empresa no tiene prioridad aplicativa ‘ex’ art. 84.2 ET (STS 22/9/16)
Análisis de la STS 22 de septiembre 2016 (rec. 248/2015) que, resolviendo una demanda de conflicto colectivo por impugnación de convenio, ha establecido que un convenio colectivo de ámbito inferior a la empresa no tiene reconocida la prioridad aplicativa que prevé el art. 84.2 ET.