¿Un ERTE es una ‘modificación sustancial’ computable a los efectos del despido colectivo?

  Las SSTJUE (2) 21 de septiembre 2017 (C-429/16), Ciupa; y (C‑149/16) Socha, interpretando el artículo 1, apartado 1 de la Directiva 98/59, han sostenido que una modificación sustancial puede ser calificada, según los casos, como “despido”. De hecho, este criterio ya lo avanzó el TJUE en la STJUE 11 de noviembre 2015 (C-422/14), Pujante Rivera; y el Tribunal Supremo también ha defendido esta concepción «expansiva» del «despido» en los supuestos de modificación sustancial, insolvencia y […]