Improcedencia, readmisión y vacaciones (STS 27/5/19)

La STS 27 de mayo 2019 (rec. 1518/2017) establece que en caso de despido improcedente de un representante de los trabajadores que opta por la readmisión (con el consiguiente abono de los salarios de tramitación) se tiene derecho a disfrutar de las vacaciones por el período de tiempo de inactividad – en este caso, de dos años.