Análisis de la STJUE 25 de julio 2018 (C-96/17) que entiende que existe una razón objetiva que justifique que la readmisión prevista en el art. 96.2 EBEP sólo se reconozca a los trabajadores fijos y no a los indefinidos no fijos y temporales.
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Extinción injustificada, readmisión y derecho de opción del personal laboral del sector público (esperando la resolución del caso Vernaza Ayovi sobre el art. 96.2 EBEP)
A propósito de la STS 22 de noviembre 2017 (rec. 750/2016), que resuelve la extensión a un indefinido no fijo del derecho de opción reconocido convencionalmente al personal laboral de un Ayuntamiento en caso de despido injustificado, se analiza el impacto de la doctrina del caso Vernaza Ayovi en el caso de que el TJUE confirme el criterio expuesto por la AG.
Conclusiones de la AG en el Caso Vernaza Ayovi: los indefinidos no fijos son temporales y la readmisión del art. 96.2 EBEP discriminatoria
Análisis de las conclusiones de la AG del TJUE en el caso Vernaza Ayovi que entienden que la readmisión prevista en el art. 96.2 EBEP es discriminatoria y que los trabajadores indefinidos no fijos son temporales.
Indefinidos no fijos: naturaleza jurídica, reconocimiento y extinción (artículo Iuslabor)
En el número 3 del año 2017 de la revista Iuslabor he publicado un ensayo con el siguiente título: «Indefinidos no fijos: naturaleza jurídica, reconocimiento y extinción»
Se trata de un análisis crítico de las diversas etapas jurisprudenciales que han delimitado la naturaleza jurídica de los indefinidos no fijos y de su (escueta) y más reciente regulación normativa. También se presta especial atención a la sucesión de cambios interpretativos que esta controvertida figura ha experimentado en relación a las vías de extinción y a sus efectos (en especial, a las consiguientes compensaciones económicas), así como a la controversia que mantienen la jurisdicción social y la contencioso-administrativa a raíz de la doctrina más reciente del TJUE sobre la Directiva 1999/70.
Doctrina «de Diego Porras»: efectos colaterales (en readmisión ‘ex’ art. 96.2 EBEP y en jubilación anticipada)
A la luz de la doctrina de Diego Porras en esta entrada se analiza, por un lado, el contenido de la cuestión prejudicial planteada por el JS núm. 2 de Terrassa sobre el trato diferenciado que dispensa el art. 96.2 EBEP a los trabajadores temporales e indefinidos no fijos; y, por otro, el contenido de la STSJ Andalucía\Sevilla 17 de mayo 2017 (rec. 1510/2016) que entiende que la imposibilidad de acudir a la jubilación anticipada ex art. 207.1 LGSS en caso de extinción de un contrato temporal eventual está justificada.