El objeto de esta entrada es abordar una cuestión de naturaleza procesal y, en concreto, los casos en los que se ha admitido la aplicación del art. 240.2 LRJS ante cambios sustantivos anteriores al título ejecutivo, como un traspaso, en los que el demandante no pudo tener conocimiento del mismo. Y, por consiguiente, si es posible ampliar la ejecución y extender la responsabilidad a la cesionaria pese a no ser parte en el proceso.