Breve comentario de la STS 12 de diciembre 2017 (rec. 668/2016) que, contrariamente a la doctrina consolidada de la jurisdicción social, establece que el art. 120 TRLCSP no puede imponer la subrogación de empresa, sino que simplemente establece una obligación informativa.
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Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público y subrogación de empresa
Análisis del impacto de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público en el fenómeno de la subrogación. En concreto, se lleva a cabo un comentario sobre la incidencia de los arts. 130, 308 y 98 y su relación con el art. 44 ET y la Directiva 2001/23.
Pliego de condiciones y subrogación de plantilla
Análisis de la discrepancia interpretativa existente entre la jurisdicción social y la administrativa sobre la facultad subrogatoria de los pliegos de condiciones a la luz del art. 120 TRLCSP, en aquellos casos en los que no es aplicable el art. 44 ET, ni el art. 75.4 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres, ni tampoco lo exige el convenio colectivo.
En la entrada se defiende que la literalidad del vigente art. 120 TRLCSP permite sostener la capacidad subrogatoria de los pliegos.