Despido objetivo por ineptitud sobrevenida: los ajustes razonables son exigibles si el trabajador es «no apto», pero su incumplimiento no provoca la nulidad del despido (SSTS [2] 22/12/25)

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2 comentarios en “Despido objetivo por ineptitud sobrevenida: los ajustes razonables son exigibles si el trabajador es «no apto», pero su incumplimiento no provoca la nulidad del despido (SSTS [2] 22/12/25)

  1. Reforzando tu valoración, la cual comparto íntegramente, permíteme añadir a este contexto la STS 509/2025 de 4 de febrero de 2025 (rcud. 2725/2024), en la que el Alto Tribunal mantiene la Nulidad de un despido objetivo por ineptitud sobrevenida de una trabajadora en situación equiparada a discapacidad, precisamente porque quedó demostrado que la empresa no realizó los ajustes razonables adecuados para adoptar su puesto de trabajo.

    La preocupante no es ya que los despidos objetivos bajo estas mismas circunstancias se declaren improcedentes cuando en realidad debieran ser nulos, que también, sino que en adelante se lleguen a reconocer incluso como procedentes, si las empresas consiguen demostrar que intentaron reubicar a sus trabajadores en otros puestos antes de recurrir al despido. Especialmente cuando es la propia empresa la que elige los puestos vacantes y le propone al Servicio de Prevención (propio o ajeno) que valore la aptitud del trabajador para los mismos. Pues ya sabemos que quien paga manda y que de siempre se han comprado voluntades.

  2. Estoy totalmente de acuerdo, las empresas con que indiquen que han intentado realizar el ajuste necesario pero no ha sido posible al carecer de puestos de trabajo que se puedan adecuar, ese tramite ya lo han cumplido. además los servicios de prevención (contratados por al empresa «no lo olvidemos») indican su no apto pero no indican los ajustes necesarios que tendría que realizar, dejando por tanto al trabajador con una indemnización de despido objetivo. Una lastima que todos estos asuntos se tengan que dilucidar en los Juzgados con los retrasos existentes y sin plenas garantías del fallo que saldrá.

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