La contratación fija, temporal e indefinida no fija en el sector público (Ponencia)

 

El pasado 15 de septiembre tuve la oportunidad de participar en el XIII Congreso Aranzadi Social, celebrado en Madrid, con la siguiente ponencia: «La contratación fija, temporal e indefinida no fija en el sector público»

Aprovecho la ocasión para agradecer a los Directores del Congreso, el Magistrado del Tribunal Supremo, Antonio V. Sempere Navarro y a la Profesora Carmen Sánchez Trigueros (catedrática de la Universidad de Murcia), la invitación a participar en este importante foro y también me gustaría destacar el indudable acierto en las temáticas seleccionadas y felicitarles por la impecable organización.

El programa del congreso tenía por objeto abordar todas las reformas legislativas acaecidas desde finales del 2021 hasta la actualidad (que, ciertamente, no han sido pocas).

El propósito de mi intervención era ofrecer una visión general sobre las reformas con impacto en el empleo público laboral (y el RDLey 32/2021 y la Ley 20/2021 de forma destacada), tomando como punto de partida el cambio jurisprudencial acaecido con la doctrina IMIDRA (y sus múltiples derivadas) y finalizando con las 5 cuestiones prejudiciales pendientes de resolución.

La resultante de estos factores describe (lamentablemente) un escenario con una notable incertidumbre. De modo que me temo que tendremos que permanecer expectantes a las novedades que puedan acaecer en los próximos meses.

Les facilito de nuevo el texto de la ponencia: PDF.

 

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