El despido sin alegación de causa alguna o por causa falsa es improcedente (STSJ\Pleno Cataluña 21/6/20)

⚠️Nota:

El propósito de este blog es compartir contenido de forma totalmente GRATUITA.

La proliferación de empresas que utilizan la Inteligencia Artificial Generativa (IAG) con ánimo de lucro y que se apropian del contenido de terceros sin ningún respeto por los derechos de autor, me ha llevado a restringir el contenido del blog únicamente a las personas SUSCRITAS.

🔓 La suscripción es totalmente GRATUITA y tramitarla solo lleva unos segundos a través, indistintamente, del apartado «SUSCRIPCIÓN» que aparece en la barra de MENÚ; o bien, en la barra lateral, a través del «ACCESO PARA SUSCRIBIRSE AL BLOG».

Una vez facilitado el nombre de usuario y el correo electrónico, deberán verificar la contraseña a través de un enlace que recibirán en el correo electrónico registrado.

Lamento los inconvenientes que este trámite pueda causar.

4 comentarios en “El despido sin alegación de causa alguna o por causa falsa es improcedente (STSJ\Pleno Cataluña 21/6/20)

  1. Buenos días Ignasi, y gracias por tu interesante artículo.
    Entiendo, por la fecha de Instancia, que el asunto es anterior al período COVID-19 y ajeno a la normativa excepcional dictada desde el estado de alarma de marzo, como el art. 2 del Real Decreto Ley 9/2020 y las normas que lo han mantenido hasta hoy.
    Sabemos de la inquietud y discusión en los Juzgados catalanes sobre las consecuencias del mal llamado «despido prohibido» en esta etapa coronavirus.
    Dada la división ya existente en la Sala, ¿crees que la doctrina que acabas de comentar puede ser revisada una vez se analicen los «despidos» COVID-19? ¿Tendrá recorrido la indemnización suplementaria y ad hoc?
    Un saludo

  2. No soy laboralista, Ignasi, pero me gustaría saber:
    A) Si un sistema permite el despido previo pago (ya me parece surrealista que haya que indemnizar).
    B) Y no tiene por qué motivarse (porque si no se motiva o se hace falsamente).
    C) Porque, si la motivación es espuria, puede evitar el despido en vez de incrementar la indemnización (2 indemnizaciones).
    Oiga. qué lo quiero despedir si o si, porque me cae mal, porque está embarazada o porque me da la gana!!!!
    Me costará una pasta, pero solo falta que no pueda despedir a un trabajador POR CUALQUIER MOTIVO!!!!!
    Espero tus aclaraciones. Muchas gracias

    1. El sistema no reconoce el despido previo pago, es el empresario el que le hace.
      El empresario poniendo falsas causas se quiere ahorrar 13 días por año.
      Si despide por esos motivos que menciona, pague los 33 días por año, más posible indemnización.
      Despida , despida ..

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.