Análisis de la STJS CLM 4 de noviembre 2014 (rec. 425/2014) que resuelve un supuesto de reducción de jornada de un contrato a tiempo completo y que es resuelto como contrario al principio de voluntariedad ex art. 12.4.e) ET y que ejemplifica las dificultades para compatibilizarlo con el art. 41 ET y la interpretación que al respecto han efectuado las SSTS 7 de octubre 2011 (rec. 144/2011) y 14 de mayo 2007 (rec. 85/2006)
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STJUE 15 de octubre 2014 (C-221/2013): conversión de tiempo parcial a completo: si; conversión de tiempo completo a parcial: no
La STJUE 15 de octubre 2014 (C-221/2013) ha establecido que la conversión unilateral de un contrato a tiempo parcial en uno a tiempo completo no se opone a la normativa comunitaria. En cambio, la opción inversa no sería posible.
En esta entrada trato de evidenciar la inconsistencia de los argumentos esgrimidos por el TJUE, pues, va en contra del principio de voluntariedad que rige los contratos a tiempo parcial y es dudosa su alineación con el principio de no discriminación. A su vez, proyectando el fallo al escenario normativo español, parece poner en duda la posibilidad de reducir la jornada a través de los arts. 41 y 47.2 ET.