Comentario crítico a la STSJ Castilla La Mancha 10 de marzo 2015 (rec. 1082/2014), que aplica la doctrina del STS 22 DIC 2014 sobre ultraactividad de convenios colectivos a un supuesto en el que se ha cumplido la duración pactada de un convenio colectivo extraestatutario.
Se defiende que la aplicación de la controvertida doctrina del TS no es aplicable a estos supuestos.