Análisis de la STS 11 de mayo 2018 (rec. 3012/2016) que entiende que en la institución del recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad los efectos económicos no quedan vinculados a los de las prestaciones causadas por la contingencia profesional, sino a la reatroactividad del art. 43 LGSS (hoy 53.1 LGSS).
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Sucesión de empresa y responsabilidad por recargo de prestaciones (STS 23.3.15)
El Tribunal Supremo, en la sentencia de 23 de marzo 2015 (rec. 2057/2014), acaba de modificar la doctrina relativa a la sucesión en la responsabilidad derivada del recargo en supuestos de subrogación de empresa, entendiendo, en contra del criterio precedente, que es aplicable el art. 127.2 LGSS.
La importancia de este giro interpretativo, la fundamentación empleada y la existencia de dos votos particulares resaltan el interés por este pronunciamiento y da sentido a su estudio en esta entrada.