Las SSTS (3) 5 de febrero 2019 (rec. 3974/2017; rec. 3123/2017; y rec. 3289/2017), en tres reclamaciones de cantidad por realización de funciones de grupo superior en la Sociedad Municipal de Aguas de Burgos, han dictaminado que, acreditada la realización de tales funciones, procede el abono de las diferencias salariales que correspondan, aunque el puesto de trabajo cuyas funciones se ejecutan no estén teóricamente previstas en la relación de puestos de trabajo de la plantilla de la empresa pública demandada.