Subrogación de empresa por sucesión de plantillas y cómputo del tiempo de servicios para el cálculo de la indemnización por despido (STS 11/9/24)

La STS 11 de septiembre 2024 (rec. 1361/2023) se refiere a un supuesto de despido objetivo de un trabajador que presta servicios para una contratista de telefónica. El debate litigioso gravita alrededor del cómputo de la prestación de servicios a los efectos de determinar si se ha producido un error excusable o no en el cáculo de la indemnización, pues, con carácter previo y sin solución de continuidad el actor había prestado servicios en dos contratas para la misma principal. Por consiguiente (y con carácter previo), la sentencia debe dilucidar si se ha producido una sucesión de plantilla, subsumible en el art. 44 ET.

El criterio del TS es que, teniendo en cuenta que se trata de una actividad intensiva en mano de obra y que se ha asumido una parte esencial de la misma, queda verificada la existencia de un traspaso. De modo que el cálculo de la indemnización debió incluir todo el lapso temporal desde la primera contrata y, al no hacerlo, la tercera contratista al despedir objetivamente incurrió en un error inexcusable que precipita la improcedencia.

El propósito de esta entrada es sintetizar la fundamentación esgrimida (que comparto) y aportar algunas reflexiones paralelas sobre esta cuestión.

Traspaso y entidad de los activos para determinar si la actividad es intensiva en mano de obra o no (STJUE 16/2/23, Strong Charon)

  En las actividades intensivas en mano de obra (desmaterializadas) el factor que precipita la aplicación del art. 44 ET es la asunción de una parte esencial de la plantilla de la cedente. Qué debe entenderse por esencial puede plantear algunas controversias porque el TJUE se ha referido a él en términos cuantitativos y cualitativos. Aunque su concreción puede no ser pacífica, la primera dimensión es la que más frecuentemente […]

La mera continuidad en la contrata (sin traspaso de activos ni subrogación de plantilla) no es suficiente para aplicar el art. 44 ET (STS 20/12/22)

  En una entrada anterior titulada «La subrogación convencional de plantilla puede exigirse a la principal (que no pertenece al sector de limpieza) si internaliza el servicio con personal de nueva contratación«, analicé la STSJ País Vasco 1 de marzo 2022 (rec. 2/2022). El caso se refiere a una reversión parcial de la contrata de limpieza por parte de una empresa que tiene dos clínicas (con personalidad jurídica propia) y la […]

La subrogación convencional de plantilla puede exigirse a la principal (que no pertenece al sector de limpieza) si internaliza el servicio con personal de nueva contratación (e indemnización de 120.000 € por vulneración de DDFF) (STSJ PV 1/3/22)

  La delimitación del ámbito de aplicación funcional de un convenio colectivo a los efectos de la aplicación de las reglas subrogatorias es una cuestión particularmente compleja. Desde el punto de vista del nuevo art. 42.6 ET, como les expuse en esta entrada, se suscitan dudas respecto de la aplicación de las reglas subrogatorias del convenio colectivo sectorial en el caso de que una empresa multiservicios tenga un convenio colectivo […]

Art. 44 ET, actividad desmaterializada y el concepto «una parte esencial de la plantilla»: un 40% puede ser suficiente para definir un traspaso (STS 15/12/21)

  La aplicación del art. 44 ET en las actividades desmaterializadas (intensivas en mano de obra), sin perjuicio de la doctrina Grafe y Phole (ver aquí), está condicionada a la asunción de una parte esencial de la plantilla de la empresa saliente (en términos cuantitativos y cualitativo). Qué debe entenderse por una «parte esencial de la plantilla» es un factor, por consiguiente, absolutamente determinante para saber si se está o […]

Reacciones a la doctrina «Correia Moreira» en actividades intensivas en mano de obra en el sector público: la superación de un proceso selectivo deja de ser exigible si se ha asumido una parte esencial de la plantilla (SAN 26/10/21)

  Última actualización 2/12/2021; 15:30   El impacto de la doctrina Correia Moreira  (C‑317/18) – ver aquí – en los procesos de reversión del sector público cuestiona la respuesta interna que se ha dado al calificar a la plantilla subrogada como indefinidos no fijos (INF), pues, el TJUE entiende que es contrario a la Directiva 2001/23 que, como consecuencia de la transmisión, una normativa nacional exija que una persona, por […]

Pliego de servicio de transporte, autobuses obsoletos no transmisibles y aplicación de la Directiva 2001/23 por subrogación de plantilla (Asunto Grafe y Pohle)

La STJUE 27 de febrero de 2020 (C‑298/18), Grafe y Pohle, entiende que en una actividad materializada (servicio de transporte de pasajeros), aunque no se transmitan los activos tangibles, la continuidad de la actividad sin interrupción y la asunción de plantilla pueden ser suficientes para traspaso en un servicio de autobuses locales.