Ultraactividad y contractualización de Convenio Colectivo: el efecto ‘ab origine’ debería prevalecer aunque sea aplicable un Convenio Colectivo superior

Análisis de la STSJ País Vasco 1 de junio 2015 (rec. 821/2015) que se opone a la doctrina de la contractualización ‘ab origine’ del convenio colectivo.

Siendo consecuentes con la citada doctrina, en la presente entrada se critica el planteamiento defendido por el TSJ País Vasco.

Desempleo parcial de los funcionarios (interinos)

Recientemente, el TS ha abordado en diversas sentencias la cuestión relativa a la prestación por desempleo de un grupo de funcionarios interinos de la Comunitat Valenciana a los que, en aplicación del Decreto-Ley 1/2012, de 5 de enero [del Consell], vieron reducido su salario y jornada de trabajo a 25 horas (un 33%), y a los que el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) les deniega el desempleo parcial.

El TS ha confirmado el derecho a percibir el desempleo parcial.

¿Un sindicato de la Guardia Civil?

En este entrada publico un borrador de la comunicación presentada a las XXXIV Jornadas Universitarias Andaluzas de Derecho del Trabajo y Relaciones Laborales.

El trabajo lleva a cabo un análisis de la SAN 11 de marzo 2015 (rec. 316/2014). Este pronunciamiento ha confirmado que, si bien la Guardia Civil, en virtud de la LO 11/2007, 22 de octubre, tiene reconocido el derecho fundamental de asociación, la imposibilidad de llevar a cabo actividades políticas o sindicales o de formar parte de partidos políticos o sindicatos no supone una violación del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales; y, en concreto, de su artículo 11.2 (y la interpretación que del mismo ha llevado a cabo recientemente las sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dictadas en los asuntos Matelly v. Francia y ADEFDROMIL v. Francia).

(Más) ‘Precisiones’ sobre concepto de ‘despido colectivo’ a la luz del TJUE (STJUE 11.11.15)

Análisis de la STJUE 11 de noviembre 2015 (Asunto C-422/14), que al resolver una cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de lo Social nº 33 de Barcelona, sobre ciertos conceptos relativos a la Directiva 98/59/CE, fuerza una nueva interpretación de aspectos esenciales de la configuración normativa de la ratio efectivos/afectados de las resoluciones colectivas por ‘causas de empresa’ del ordenamiento interno (art. 51 ET)