Los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria reconocida a los fijos

La aplicación interna de las doctrina del TJUE sobre la Directiva 1999/70 sigue su curso y, en la medida de mis posibilidades, sigo tratando de sintetizarlas en las respectivas «Guía 1″ (de Diego Porras 1 a Montero Mateos») y «Guía 2» (de «Montero Mateos a Diego Porras 2»).

De todas las novedades recientes, me gustaría prestar atención a la STSJ Asturias 26 de diciembre 2018 (rec. 2494/2018), pues, a la luz del caso Montero Mateos (y de forma ajustada a mi entender), ha establecido que los indefinidos no fijos no tienen derecho a la excedencia voluntaria prevista en convenio colectivo del personal laboral municipal del Ayuntamiento de Cangas del Narcea, porque existe razón objetiva que justifica este trato diferenciado con fijos. Criterio que ya había mantenido con anterioridad en la STSJ Asturias 17 de abril 2018 (rec. 194/2018) pero utilizando una argumentación distinta.

Riders de Glovo: ¿trabajadores o TRADEs? (¿hasta qué punto estamos «apegados» a nuestras ideas?)

  Dos sentencias recientes en la instancia han alcanzado resoluciones dispares en cuanto a la calificación jurídica de sendos repartidores (glovers) de la empresa Glovo. Veamos brevemente su fundamentación para, a continuación (y apartándome de lo que viene siendo habitual en las entradas del blog), hacer dos valoraciones críticas por separado («Desmontando el ‘falso debate’»; y «¿Hasta qué punto estamos ‘apegados’ a nuestras ideas?«).   A. SJS/17 Madrid 11 de […]

El tiempo de desplazamiento entre el domicilio hasta el primer cliente o desde el último al domicilio no es tiempo de trabajo (STS 4/12/2018)

La STS 4 de diciembre 2018 (rec. 188/2017) ha entendido que el tiempo destinado por los trabajadores desde su domicilio hasta el del primer usuario y desde el domicilio del último usuario hasta el del trabajador no puede ser calificado como tiempo de trabajo. Este pronunciamiento reitera la doctrina de la STS 1 de diciembre 2015 (rec. 284/2014), rechanzado que sea aplicable la doctrina del TJUE en el caso Tyco (sentencia 10 de septiembre 2015, C-266/14).

Los (nuevos) límites del contrato eventual o el (indeseable) estímulo de la temporalidad (STS 12/12/18)

El TS, a través de la sentencia 12 de diciembre 2018 (rec. 151/2017), ha admitido que, en el sector de Contact Center, la negociación colectiva puede establecer que, tratándose de la actividad permanente de la empresa (esto es, atender llamadas telefónicas), la temporalidad de un contrato eventual quede justificada tan solo por el mero hecho de que se celebra para los seis primeros meses de cada campaña.

El contenido de esta sentencia (que cuenta con un fundamentado VP – firmado por 5 magistrados) ya ha sido analizado de forma crítica por el Profesor Rojo en su blog (adhiriéndose al planteamiento disconforme de la minoría). Posicionamiento que, como trataré de exponer, también comparto.

Temporalidad y calidad en el empleo: algunas propuestas de reforma

  La cuestión relativa a la acusada segmentación del mercado de trabajo español y, en particular, al uso recurrente de la temporalidad ilícita ha sido abordada en diversas entradas de este blog y trabajo doctrinales. La última aproximación realizada en este blog hacía referencia a esta problemática a partir de una modesta aproximación desde el punto de vista de la «Economía del Comportamiento» (o Behavioral economics): «Coste del despido, sesgos, […]

En sucesión de empresa, el certificado negativo de la TGSS no exonera de responsabilidad por las deudas aplazadas

La STS\C-A 24 de octubre 2018 (rec. 2701/2016), tal y como ya había establecido la STS\C-A 21 de julio 2015 (rec. 3561/2013), ha ratificado que, en un supuesto sucesorio, la certificación negativa de la TGSS no exonera de responsabilidad por las deudas aplazadas por impago de cotizaciones sociales.

El objeto de esta entrada es analizar la fundamentación de esta importante doctrina y, a continuación, hacer una aportación crítica a la misma.

Declarada la improcedencia, ¿cabe readmisión si el trabajador se ha jubilado al producirse el despido?

Si una empresa reconoce la improcedencia de un despido objetivo en la conciliación preprocesal, ¿puede optar a la readmisión si el trabajador ha procedido a la jubilación anticipada al producirse la extinción del contrato?

A esta cuestión ha respondido afirmativamente la STSJ Asturias 6 de noviembre 2018 (rec. 2104/2018), confirmando el criterio de la instancia, y obligando a la empresa al abono de los salarios de tramitación hasta la notificación de la sentencia.

Festivo reconocido a miembros de ciertas Iglesias y discriminación directa por motivo de la religión (STJUE 22 de enero 2019, C‑193/17, Cresco)

La STJUE 22 de enero 2019 (C‑193/17), Cresco Investigation, ha declarado que la concesión de un día festivo remunerado el Viernes Santo en Austria solo a los trabajadores que pertenecen a determinadas iglesias constituye una discriminación por motivos de religión prohibida por el Derecho de la Unión.